Condenado por tenencia de pornografía infantil en Catriel

Tiene 29 años, fue sentenciado por tener acceso y registro de imágenes sexuales explícitas de menores de 18 y 13 años. Le dieron 8 meses de prisión en suspenso, no irá a la cárcel y le devolvieron los equipos informáticos. Deberá cumplir pautas de conducta por 2 años.

Andrés N. Escalona, de 29 años y residente en Catriel, fue sentenciado a ocho meses de prisión en suspenso por el delito de tenencia de pornografía infantil. La condena, dictaminada mediante un juicio abreviado por Guillermo Baquero Lazcano, implica también el cumplimiento de ciertas pautas de conducta y la obligación de fijar domicilio durante dos años.

Durante la audiencia del 20 de febrero de 2024 en Cipolletti, Escalona estuvo representado por el defensor Ángelo Zamataro. En dicho proceso, tanto Zamataro como la fiscal de Catriel, Analía Díaz, llegaron a un acuerdo para abreviar el juicio, lo que resultó en una sentencia firme.

Según la fiscal Díaz, Escalona tuvo en su poder contenido relativo a actividades sexuales explícitas de menores de edad -entre 18 y 13 años- mediante el uso de varios dispositivos electrónicos, lo que lo incriminó en el delito de tenencia de pornografía infantil. El juez decidió dejar la pena de prisión en suspenso (es decir, el condenado no irá la cárcel) debido a la falta de antecedentes penales del imputado, pero impuso pautas de conducta que deberá seguir durante dos años.

Dato: en un juicio abreviado, al declararse culpable el imputado la sentencia queda firme de forma inmediata.

Esto significa que deberá fijar un domicilio que no podrá mudar sin previo aviso a la autoridad de control, debiendo presentarse una vez cada dos meses ante Juzgado de Paz de Catriel, como así someterse al control del Patronato de Presos y Liberados, no podrá cometer ningún delito, ni abusar de bebidas alcohólicas y deberá abstenerse del consumo de estupefacientes.

El defensor Zamataro solicitó la devolución de los dispositivos electrónicos secuestrados durante la investigación, argumentando que no fueron utilizados para cometer el delito, ya que las imágenes estaban almacenadas en la nube virtual y no en los equipos físicos. La fiscal Díaz no se opuso a esta petición y dio su consentimiento durante la audiencia para que el gabinete de Criminalística efectúe la devolución de los dispositivos al condenado. La ejecución de la sentencia estará a cargo de el juez Lucas Javier Lizzi (Juzgado N°8 de Cipolletti).