Toxicomanía secuestró 21 plantas de marihuana en Catriel

En el marco de una investigación por hurto, fueron encontadas en la vivienda de una mujer que terminó imputada en el marco de la Ley de Estupefacintes 23.737 por no contar con Reprocann vigente.

El área comunicacional de la Policía de Río Negro confirmó que la División Toxicomanía y Leyes Especiales de la localidad llevó a cabo un allanamiento autorizado por la Justicia donde se secuestraron 21 plantas de Cannabis Sativa y una mujer fue imputada. Según expresaron, la mujer no contaba con el regisgtro del Reprocann vigente.

El Reprocann es el Registro nacional de personas autorizadas al cultivo controlado. Se trata de una base de datos diseñada para poder registrar a aquellas personas que cuenten con las condiciones para acceder a un cultivo controlado de la planta de cannabis, siempre con fines de tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor.

Toxicomanía señaló que en el marco de una investigación de una causa por hurto, se realizó la diligencia en un domicilio ubicado sobre la calle San José y en el patio de la vivienda se encontraron las plantas. Se consultó a la propietaria si contaba con el certificado del Registro del Programa Cannabis y ante su negativa se procedió al secuestro de las mismas.

El Fiscal de turno tomó conocimiento de lo sucedido y dispuso el inicio de las actuaciones correspondientes por infracción a la ley 23.737.

Legislacion vigente en Argentina sobre tenencia y consumo de cannabis

Se encuentran en plena vigencia de las actuales ley de cannabis medicinal (27.350) y de la industria de la planta (27.669) en el país, pero también la ley de drogas (23.737).

La ley 27.350 tiene por objeto establecer un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud.

La ley 27.669 tiene por objeto establecer el marco regulatorio de la cadena de producción y comercialización nacional y/o con fines de exportación de la planta de cannabis, sus semillas y sus productos derivados afectados al uso medicinal, incluyendo la investigación científica, y al uso industrial; promoviendo así el desarrollo nacional de la cadena productiva sectorial.

La Ley 23737 penaliza la tenencia de marihuana en función de la producción, comercialización y uso personal, por lo tanto, la ley vigente considera un delito constitucional la tenencia para el propio consumo. Sin embargo, vale recordar, el 25 de agosto del año 2009 la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional al segundo párrafo del artículo 14 de la Ley de Estupefacientes (23.737), de la penalización de la tenencia para consumo personal, en tanto y en cuanto esa tenencia personal no afecte a terceros.