En una audiencia judicial se resolvió el sobreseimiento de un hombre imputado por un hecho ocurrido en marzo de este año en Catriel. La decisión se basó en la aplicación de un criterio de oportunidad tras alcanzarse una conciliación entre las partes involucradas.
Según la imputación inicial, el incidente tuvo lugar en horas de la tarde en la vía pública, cuando el imputado estacionó un camión frente al acceso vehicular de la víctima. Esto generó una discusión que escaló hasta el punto en que, según la denuncia, el acusado habría adoptado una actitud intimidante y arrojado una piedra que causó una lesión leve en el tobillo del denunciante, certificada por un profesional médico.
Tras la formulación de cargos en agosto, la Fiscalía evaluó la posibilidad de una resolución alternativa al proceso penal. La víctima expresó que no buscaba una sanción judicial, sino una reflexión por parte del imputado sobre su conducta. Como parte del acuerdo, el acusado realizó una donación a un establecimiento de salud local, cumpliendo con las condiciones propuestas.
Conforme a los artículos del Código Procesal Penal que permiten la conciliación y la extinción de la acción penal bajo ciertos requisitos, y al no contar el imputado con antecedentes penales, la Fiscalía y la Defensa coincidieron en que el caso podía resolverse fuera del sistema penal tradicional, priorizando la reparación del daño y la armonía social.
El juez interviniente respaldó la postura de la Fiscalía, considerando que el acuerdo alcanzado satisfacía el interés de la víctima y que no existían razones para continuar la persecución penal. En consecuencia, se dictó el sobreseimiento del imputado, aclarando que el proceso no afecta su honor ni reputación.