Catriel: dejó la camioneta estacionada y se la chocó una motoniveladora

Hubo versiones cruzadas, pero un dato técnico fue clave para la resolución. Qué dice el fallo judicial.

Salió a hacer su rutina como cualquier otro día, pero al terminar se encontró con una escena inesperada. Una camioneta Ford Ranger que había quedado estacionada frente a un gimnasio, en Catriel, terminó dañada tras el impacto de una motoniveladora que trabajaba en la zona.

El hecho ocurrió cerca de las 9 de la mañana, en calle La Habana al 165, durante una jornada de tareas sobre la calzada. Según el damnificado, su vehículo estaba correctamente estacionado cuando la maquinaria avanzó y lo chocó, provocando daños en la parte frontal.

Desde el primer momento, el propietario respaldó su versión con fotografías, una exposición policial y documentación que incorporó al reclamo. Sin embargo, del otro lado hubo resistencia: las personas demandadas negaron el hecho tal como fue planteado y la aseguradora sostuvo que el vehículo podría haber estado mal ubicado.

La causa avanzó y comenzaron a aparecer elementos clave. Testigos presenciales coincidieron en un punto central: la camioneta estaba detenida al momento del impacto. Uno de ellos escuchó el ruido desde un comercio cercano y al salir vio la escena consumada. Otro estaba dentro del gimnasio cuando ocurrió todo.

Pero el dato más contundente llegó con un informe técnico incorporado al expediente. Allí se determinó que la motoniveladora se desplazaba en reversa al momento del choque, una maniobra directamente vinculada con los daños detectados en el vehículo.

En el proceso también se identificó a tres personas demandadas, entre ellas quien conducía la máquina, el titular del equipo y una empresa vinculada a las tareas. Además, intervino la aseguradora La Segunda, citada en garantía. Uno de los involucrados no respondió a la demanda y quedó en rebeldía, lo que debilitó su posición en el expediente.

Finalmente, la Justicia encuadró el caso dentro del régimen de responsabilidad por el riesgo de las cosas y concluyó que no hubo elementos que rompieran la relación entre la maniobra y el daño causado. Con ese criterio, hizo lugar al reclamo.

La sentencia de primera instancia ordenó que los demandados indemnicen al propietario por los daños materiales y el tiempo en que no pudo usar el vehículo. El fallo aún no está firme y puede ser apelado.