El Juzgado de Paz de Catriel, perteneciente a la Cuarta Circunscripción Judicial, dictó una medida de restricción de acercamiento contra un hombre, tras una denuncia presentada el 2 de octubre de 2025 por una mujer en la Comisaría de la Familia de la ciudad.
La decisión, emitida el 6 de octubre de 2025 mediante la sentencia interlocutoria N°285, ratifica la orden telefónica de protección que había sido dispuesta de manera urgente el mismo día de la denuncia, ante la existencia de una situación de riesgo para la víctima.
De acuerdo con el fallo, el denunciado tiene prohibido acercarse a menos de 500 metros de la denunciante, su vivienda o cualquier lugar donde ella se encuentre, tanto en espacios públicos como privados. Además, deberá abstenerse de realizar actos de hostigamiento o contacto por cualquier medio, conforme lo establecido en el artículo 27 inciso D de la Ley Provincial N° 3040, de protección integral contra la violencia familiar.
El juzgado dispuso también dar intervención a la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), debido a la presencia de una menor involucrada en el contexto de la denuncia.
La resolución indica que la medida tendrá vigencia hasta que el Juzgado de Familia que resulte competente determine su continuidad o modificación, y recuerda que ambas partes deberán contar con patrocinio letrado, pudiendo solicitar asistencia a la Defensa Pública.
El caso se enmarca en las actuaciones habituales del Juzgado de Paz de Catriel, que actúa en la primera respuesta ante denuncias por violencia familiar o de género, aplicando medidas preventivas urgentes orientadas a resguardar la seguridad y el bienestar de las personas denunciantes mientras se desarrolla la investigación judicial.