Catriel: 15 días de cárcel por violar una restricción perimetral

El imputado fue declarado reincidente. Se presentó en un domicilio pese a tener una orden judicial vigente y fue condenado por desobediencia al cese de hostigamiento.

 

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Un hombre fue condenado en la ciudad de Catriel a quince días de prisión efectiva por desobedecer una orden judicial que le prohibía acercarse a una persona con la que mantenía un vínculo familiar.

El hecho ocurrió el 1 de noviembre de 2025, cuando el condenado se presentó en el domicilio de la denunciante, a pesar de tener vigente una medida cautelar que le impedía acercarse a menos de 500 metros y mantener cualquier tipo de contacto. La situación fue advertida desde el interior de la vivienda, lo que motivó un llamado al 911 ante el temor de que el episodio escalara.

Minutos después, personal policial llegó al lugar, identificó al hombre y constató la existencia de la orden judicial en vigor. Tras verificar el incumplimiento, fue trasladado a la dependencia policial.

La prohibición de acercamiento y el cese de hostigamiento habían sido dispuestos por el Juzgado de Paz de Catriel en el marco de una denuncia tramitada bajo la Ley 3040, con una vigencia de 90 días, y se encontraban firmes al momento del episodio.

La causa se resolvió mediante un acuerdo entre la Fiscalía y la Defensa, que fue homologado por el Foro de Jueces Penales de Cipolletti. El imputado reconoció haber cometido el hecho, aceptó la calificación legal y la pena propuesta.

El tribunal consideró acreditada la desobediencia a una orden judicial y tuvo en cuenta la existencia de antecedentes penales, por lo que además declaró la reincidencia. La sentencia quedó firme el 14 de noviembre de 2025, luego de que las partes renunciaran a los plazos de impugnación.