El Foro de Jueces y Juezas Penales del 4° Circunscripción Judicial de Cipolletti homologó un acuerdo abreviado y condenó a un hombre a 1 año y 6 meses de prisión efectiva, tras admitir su responsabilidad en cuatro hechos cometidos entre el 25 de junio y el 13 de julio de 2025 en la ciudad de Catriel.
El episodio más grave ocurrió el 13 de julio de 2025, entre las 17:30 y 18:30, cuando el acusado y una mujer ingresaron sin autorización a la vivienda de una víctima., tras forzar una ventana de la habitación principal. Según la investigación, se llevaron un televisor RCA de 55 pulgadas y una garrafa de 10 kilos.
Al retirarse, el tribunal dio por acreditado que provocaron un incendio intencional dentro del inmueble. El fuego destruyó por completo la habitación principal y generó daños estructurales en el resto de la vivienda. Personal de Bomberos de Catriel determinó que el foco ígneo se inició en la zona de la cama matrimonial y que no existían fallas eléctricas ni de gas que expliquen el origen accidental.
La detención se produjo poco después, cuando efectivos de la Comisaría 9ª de Catriel identificaron a una pareja con características coincidentes con las aportadas por testigos, mientras caminaban hacia la ciudad.
Ese mismo día, el acusado fue aprehendido también por desobedecer una orden judicial vigente que le prohibía acercarse a su ex pareja, con quien se encontraba caminando al momento de la identificación policial. La restricción había sido dictada el 25 de junio de 2025 por el Juzgado de Paz de Catriel y ratificada por la Justicia procesal, estableciendo una distancia mínima de entre 300 y 500 metros, además de la prohibición de contacto.
La causa también incluyó hechos previos del 25 de junio de 2025, cuando el imputado fue acusado de lesiones leves calificadas en contexto de violencia de género, tras tomar del brazo a su pareja y provocarle un hematoma, y de amenazas simples, luego de expresarle “te voy a matar”, según consta en la denuncia.
Durante la audiencia, la fiscal Analía Díaz propuso una pena única por todos los hechos. La querella, representada por el abogado Angelo Zamataro, y el damnificado manifestaron su conformidad. La defensora oficial Patricia Fernández informó que el imputado comprendía el alcance del acuerdo y lo aceptaba.
El juez Julio C. Sueldo homologó el acuerdo y lo declaró autor penalmente responsable de los delitos de robo, daño por incendio, violación de domicilio, desobediencia a una orden judicial, lesiones leves calificadas y amenazas, todos en concurso real. Además, lo declaró reincidente, en función de antecedentes condenatorios previos.
La sentencia quedó firme tras la renuncia de las partes a los plazos de impugnación y fue remitida al juez de ejecución para el cómputo correspondiente.
