Un vecino de Catriel que había sido detenido por incumplir las condiciones de su condena recuperó la libertad tras una decisión judicial que evitó que fuera a prisión efectiva. El caso se resolvió en los tribunales de Cipolletti, donde se tratan las ejecuciones penales de la región, pero tiene como eje el seguimiento que debía realizar en la localidad petrolera.
Se trata de J.A.G., condenado en agosto de 2025 a un año de prisión en suspenso, lo que le permitía permanecer en libertad bajo ciertas reglas. Entre las principales condiciones, debía presentarse regularmente ante el organismo de control (IAPL) y realizar un tratamiento por adicciones, con turno asignado en Catriel.
Según los informes incorporados al expediente, el hombre no asistió a ninguna de las entrevistas de control y tampoco acreditó haber iniciado el tratamiento en el sistema de salud local. Con el paso de los meses, el incumplimiento derivó en una situación más grave: fue declarado en rebeldía por no presentarse ante la Justicia y se ordenó su captura.
Esa orden se concretó días atrás, cuando fue detenido y trasladado a audiencia. Allí, la fiscalía sostuvo que el incumplimiento había sido reiterado y solicitó que se le revocara el beneficio de la condena condicional, lo que implicaba que comenzara a cumplir la pena en prisión.
La defensa, en cambio, indicó que el imputado tenía un turno programado en Catriel para iniciar tratamiento y que había intentado ingresar al sistema de salud, aunque sin poder presentar constancias. También remarcó que no volvió a cometer delitos y que actualmente trabaja en la construcción.
Durante la audiencia, el propio J.A.G. reconoció que no cumplió con las condiciones, pero aseguró que no fue de manera intencional y manifestó su voluntad de retomar las obligaciones, especialmente el tratamiento.
El juez de Ejecución Penal N° 8, Lucas Lizzi, resolvió no hacer lugar al pedido de la fiscalía. Consideró que, si bien existieron incumplimientos, no se trató de una situación de gravedad extrema que justificara el paso inmediato a la cárcel, y que antes debían aplicarse medidas intermedias.
En ese sentido, dispuso un “no cómputo” de tres meses, lo que implica extender el tiempo durante el cual el condenado deberá cumplir las pautas. Además, fijó como nueva fecha límite noviembre de 2027 y lo intimó a iniciar el tratamiento en un plazo máximo de 30 días, en el sistema de salud de Catriel.
También dejó sin efecto la declaración de rebeldía y la orden de captura, lo que permitió su inmediata liberación. No obstante, el juez advirtió que ante un nuevo incumplimiento podría revocarse la condicionalidad y deberá cumplir la pena en prisión.
La fiscalía, por su parte, dejó abierta la posibilidad de revisar la decisión. Mientras tanto, el caso vuelve a centrarse en Catriel, donde el cumplimiento de las condiciones será clave para definir el futuro judicial del condenado.