La justicia lo obligó a pagar la cuota alimentaria en Catriel: no cumplió con los acuerdos

Lo resolvió una jueza de Familia de Cipolletti.

Un hombre fue condenado a pagar el 35% de su salario para la cuota alimentaria de las dos hijas que tiene con su expareja. A pesar de los intentos del hombre de explicar por qué no cumplió con los acuerdos de guarda de las niñas, la jueza de Familia Gabriela Lapuente, ordenó que el hombre tenía la obligación de abonar la cuota alimentaria.

La demanda la inició la madre de las niñas quien argumentó que había un acuerdo de tenencia y de gastos compartidos para quien esté al cuidado de las menores, pero que el progenitor no cumplió con ese acuerdo. Por eso la mujer demandó al hombre para que abone la cuota alimentaria.

Las situaciones fácticas desde el momento del acuerdo hasta la actualidad se modificaron. Dijo que luego del divorcio la actitud del demandado cambió. Agregó que él, le enviaba mensajes vía WhatsApp en los que le indicaba que no iba a retirar a las niñas, y que no realizaría ningún aporte económico para su sostenimiento teniendo que la mujer hacerse cargo en soledad con todos los gastos de ellas.

Contó que tuvo que contratar a una niñera «para que cuide a las niñas mientras trabaja ya que el demandado, a pesar de estar de licencia laboral en su casa, no las iba a retirar». «Solicita se establezca una cuota alimentaria en favor de las niñas, consistente en el (35 %) de los ingresos del demandado con más asignaciones familiares ordinarias y extraordinarias ya que se modificó el régimen de comunicación mediante acuerdo celebrado en CIMARC y su homologación tramita en el expediente Cl-00537-F-2022 correspondiente al incidente de modificación de régimen de alimentos y de comunicación ante la presente unidad procesal».

Como no se pudo comprobar los ingresos del hombre (se confirmó que no trabaja en relación de dependencia, sino que es autónomo), la jueza dispuso que debe abonar a el equivalente mensual al 40% del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil, la que se actualizará conforme al aumento de dicha pauta. Dicha cuota deberá ser depositada del 1 al 10 de cada mes en una cuenta judicial.