Menos «puerta giratoria», más prisión sin condena: el Senado aprobó la Ley de Reiterancia

Endurecen penas para reincidentes y habilitan prisión preventiva para imputados con causas abiertas. El oficialismo la defiende como un freno a la impunidad, mientras que organismos de derechos humanos alertan sobre posibles detenciones arbitrarias.

El Congreso aprobó la reforma al Código Penal que endurece las penas para reincidentes y habilita la prisión preventiva para imputados con múltiples causas abiertas. El oficialismo la defiende como un freno a la impunidad, mientras que organismos de derechos humanos alertan sobre posibles detenciones arbitrarias.

El Senado de la Nación sancionó por 54 votos a favor y 16 en contra la Ley de Reiterancia, impulsada por el Poder Ejecutivo y respaldada por parte de la oposición. La norma introduce modificaciones en el Código Penal y Procesal Penal, ampliando los criterios para dictar prisión preventiva y redefiniendo los conceptos de reincidencia y reiterancia, en un intento por cerrar la llamada «puerta giratoria» del sistema judicial.

Uno de los cambios más significativos es la incorporación de la reiterancia como causal de prisión preventiva. Hasta ahora, un imputado solo podía ser detenido antes del juicio si existía riesgo de fuga o entorpecimiento de la investigación. La nueva ley incorpora un tercer criterio: la reiterancia, que permite la detención preventiva de personas con tres o más causas abiertas por delitos graves, aunque no tengan condena firme.

Desde el oficialismo, el senador Gustavo Bordet (PJ-UxP) defendió la reforma asegurando que «el Estado no puede seguir permitiendo que quienes reinciden en delitos graves sigan en libertad». La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, celebró su sanción afirmando que es «una herramienta clave para evitar que delincuentes peligrosos burlen la justicia y sigan delinquiendo».

La norma también modifica el concepto de reincidencia, considerando reincidente a cualquier persona que haya recibido al menos dos condenas a prisión, con una sentencia firme, sin importar si cumplió la pena en cárcel o en libertad condicional. Según el proyecto oficial, esta modificación apunta a evitar que un condenado pueda acumular penas en suspenso sin ser considerado reincidente.

Organismos de derechos humanos y especialistas en derecho penal cuestionan la reforma. Paula Litvachky, directora del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), advirtió que «la ampliación de la prisión preventiva afectará especialmente a personas sin condena firme y agravará la crisis penitenciaria». Según datos del Servicio Penitenciario Federal, actualmente el 55% de los detenidos en Argentina no tiene condena firme, lo que podría aumentar con la aplicación de esta ley.

El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura alertó sobre el impacto de la reiterancia, asegurando que «permite la detención de personas solo por estar imputadas en varias causas, sin prueba de culpabilidad, lo que erosiona el principio de inocencia». También señalaron que el criterio es «sumamente amplio y confuso», lo que podría generar usos arbitrarios en su aplicación.

Un informe del Observatorio de Seguridad Ciudadana refuerza el argumento del oficialismo, indicando que el 70% de los condenados por robos y hurtos vuelve a delinquir en menos de dos años, una cifra que fue utilizada por los legisladores que apoyaron la reforma para justificar el endurecimiento de penas.

Durante el debate en el Senado, la oposición planteó dudas sobre posibles abusos en la aplicación de la norma. Luis Juez (PRO) propuso «controles más estrictos para evitar que la prisión preventiva se convierta en un mecanismo discrecional o político», pero su iniciativa fue rechazada.

La ley ahora debe ser reglamentada por el Ejecutivo y su implementación será clave para evaluar su impacto real. Mientras tanto, organismos de derechos humanos ya analizan posibles recursos de inconstitucionalidad, lo que podría llevar la discusión hasta la Corte Suprema de Justicia.