En un fallo reciente, la Cámara del Juzgado de Familia de Cipolletti ordenó a una mujer someterse a un tratamiento psicológico obligatorio en el Hospital de Catriel, en el marco de una denuncia de violencia familiar presentada por C.F. La medida incluye la prohibición de acercamiento a menos de 500 metros del denunciante, vigente por 90 días, con posibilidad de extensión a pedido de la víctima.
La resolución exige que V.M.J.M. gestione su tratamiento en el Servicio de Salud Mental del hospital y, una vez cumplido y certificado su progreso, podrá solicitar el levantamiento de la restricción. Se advirtió que cualquier violación a la orden resultará en la intervención del Ministerio Público Fiscal por desobediencia a la autoridad.
El fallo también especifica que el régimen de comunicación con los hijos menores debe realizarse con una persona intermediaria y no se ve afectado por la prohibición de acercamiento. Ambas partes fueron notificadas de la disponibilidad de asistencia legal gratuita en la Defensoría General de Catriel y el Centro de Atención para la Defensa Pública de Cipolletti.
Se informó a las autoridades policiales que deben intervenir de inmediato en caso de incumplimiento, mientras que la Oficina de Transferencias e Informes Familiares (OTIF) fue autorizada a tomar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de la disposición. Además, el Ministerio Público Fiscal analizará la denuncia por la posible comisión de un delito.