Un grave error procesal en la acusación de un fiscal jefe de Cipolletti derivó en la anulación de la condena de uno de los implicados en el millonario robo a una caja fuerte en Catriel, ocurrido en junio de 2024. El fiscal Gustavo Herrera confundió al imputado y acordó una pena en suspenso de tres años, sin advertir que el acusado ya tenía una condena previa de 13 años de prisión efectiva. La jueza Florencia Caruso no solo anuló la sentencia, sino que también dictó el sobreseimiento del acusado por falta de pruebas concluyentes.
La información, revelada por el Diario Río Negro en una nota de Néstor Pérez, detalla cómo el fiscal y el defensor particular, Diego Broggini, acordaron una condena en suspenso en un juicio abreviado en diciembre pasado, bajo la premisa de que el imputado había actuado como “campana” durante el asalto. Sin embargo, días después, se descubrió que el acusado tenía antecedentes penales que impedían ese beneficio, lo que dejó sin efecto la sentencia.
La situación se agravó cuando una pericia de reconocimiento de voz realizada por la Policía Federal descartó que el imputado estuviera vinculado a las escuchas telefónicas presentadas como prueba principal. Ante la falta de evidencia objetiva, la jueza Caruso accedió al pedido de la defensa y dictó el sobreseimiento.
En su fallo, la jueza Caruso fue crítica con el accionar de la fiscalía: “El error fue omitir que el acusado tenía antecedentes penales. La fiscalía entendió que no tenía antecedentes y en realidad se confundió de imputado”. El defensor Broggini también reconoció que no tuvo acceso a esos antecedentes, lo que llevó a su cliente a aceptar una pena en suspenso, creyendo que era la mejor opción para obtener su libertad y someterse a una cirugía ocular.
“La información con la que contamos los magistrados es la que nos proporcionan las partes en la audiencia. En el momento, se me informó que el acusado no tenía antecedentes y que le correspondía una pena en suspenso, lo cual no era cierto”, explicó Caruso. Además, enfatizó que el yerro procesal “no es posible de sanear” y dispuso la nulidad absoluta de la sentencia.
La magistrada también señaló que la prueba principal, las intervenciones telefónicas, no fue corroborada por la pericia de voz, dejando a la fiscalía sin evidencias adicionales para sostener la acusación. “No hay otra prueba que vaya a realizarse, más allá de la íntima convicción del fiscal de que el imputado participó del hecho”, concluyó.
A pesar del fallo, la causa por el millonario robo en Catriel continúa abierta. Según fuentes judiciales, aún queda un imputado con evidencia suficiente para ser llevado a juicio. El asalto, perpetrado por una banda profesional, se destacó por el nivel de organización y la falta de pruebas materiales: no se encontraron huellas digitales, registros de cámaras de seguridad, ni rastros de la camioneta utilizada. Además, los delincuentes evitaron el uso de teléfonos convencionales, optando por handys para coordinar el golpe.
La investigación, que incluyó allanamientos, escuchas y pericias, sigue su curso con la expectativa de identificar a todos los responsables de uno de los robos más resonantes en la región.