La Justicia rionegrina ordenó a un empleador pagar una indemnización a una trabajadora que denunció haber sido víctima de violencia laboral. La mujer había soportado durante meses gritos, malos tratos y comentarios humillantes en su lugar de trabajo. El fallo marca un antecedente importante: la violencia en el trabajo no se resuelve solo con plata, y debe ser tratada con seriedad.
La trabajadora presentó una denuncia por maltrato en la Comisaría de la Familia, amparándose en la Ley 26.485, que protege a las mujeres frente a situaciones de violencia. Después de eso, el empleador ofreció dinero para cerrar el conflicto y firmaron un acuerdo de desvinculación. Sin embargo, ese arreglo no mencionaba lo ocurrido ni reparaba el daño sufrido.
La mujer entonces presentó otra demanda para reclamar por el impacto emocional que le causó el maltrato. La Cámara Laboral fue clara: en casos como este, no se puede firmar un acuerdo económico y dar el tema por cerrado, sobre todo si hay una denuncia activa.
Durante el juicio, varias personas confirmaron que el maltrato era constante y que no se trataba de un hecho aislado. Médicos también comprobaron que la situación afectó la salud emocional y mental de la trabajadora.
Además, los jueces criticaron al empleador por avanzar con el acuerdo sin avisar que había una denuncia en curso. Consideraron que actuó de mala fe. La sentencia se basó en leyes nacionales y tratados internacionales que defienden el derecho a trabajar sin violencia ni discriminación.
El fallo ordena al empleador a pagar una compensación por el daño emocional, los gastos médicos y los intereses correspondientes. Los jueces recordaron que “el derecho laboral forma parte del derecho a los derechos humanos” y que hay que usar todas las herramientas legales para reparar el daño causado.
