Un hombre de Catriel fue condenado a un año y seis meses de prisión en suspenso por el delito de tentativa de abuso sexual agravado. Según el expediente intentó tocar a su hija menor en dos ocasiones, siendo impedido por la resistencia de la víctima. El imputado se reconoció culpable. La pena se acordó entre la Fiscalía, la defensora de Menores y el defensor del acusado, con la conformidad de la madre de la menor.
Los hechos ocurrieron el 29 de marzo de 2023, mientras la menor se encontraba en la casa de su padre. Entre las 3:30 y las 4 de la madrugada, el hombre ingresó al dormitorio y luego de una discusión con la joven sobre su pareja, intentó abusarla sexualmente. Según el relato de la víctima en cámara Gesell, que fue avalado por la psicóloga Sofía Sarno, su padre le hizo preguntas de índole sexual e íntima. Luego, estando ella recostada sobre su cama, intentó tocarla en la zona vaginal y en los senos, pero no logró su cometido porque la víctima opuso resistencia.
La menor le contó lo sucedido a su madre, quien radicó la denuncia. La declaración en Cámara Gesell de la menor fue coherente según la psicóloga Sofia Sarno, y el novio de la víctima también confirmó que la joven le contó el hecho esa misma noche. La madrastra del novio observó a la menor en estado de shock, y personal policial se entrevistó tanto con la madre como con los testigos, reforzando la credibilidad del relato de la víctima.
Durante la audiencia del juicio, estuvieron presentes el Fiscal Jefe Gustavo Herrera, la defensora de Menores Alicia Merino, y el defensor del imputado Juan Pablo Piombo. Tras un cuarto intermedio solicitado por las partes para discutir un posible acuerdo, se llegó a un consenso que fue aceptado por la progenitora de la víctima y el propio imputado, quien admitió su responsabilidad. El fiscal manifestó que cambiaron el encuadre legal de la acusación porque no lograron probar la consumación del abuso sexual. El tribunal, compuesto por los jueces María Florencia Caruso, Marcelo Gomez y Julio Sueldo, homologó el acuerdo y resolvió la sentencia en Cipolletti.
La condena incluye la imposición de diversas pautas de conducta para el abusador, quien deberá presentarse bimestralmente en la comisaría, mantener una distancia mínima de 200 metros de la víctima y no establecer ningún tipo de contacto con ella. Además, deberá fijar domicilio y someterse a control trimestral por parte del Instituto de Asistencia Post-Penitenciaria.
La condena y las condiciones impuestas entran en vigor inmediatamente, tras la renuncia de las partes a los plazos de impugnación. La sentencia también implica la inscripción del hombre J.C.T.G. en el Registro Provincial de Condenados por Delitos Sexuales.