En una resolución que genera debate en la comunidad, el Foro de Jueces Penales de la Cuarta Circunscripción Judicial de Cipolletti decidió sobreseer a un hombre acusado de haber atacado con un arma blanca a un hombre en Catriel. El caso, que inicialmente estaba encaminado a juicio, se resolvió a través de un acuerdo económico entre las partes.
El hecho ocurrió el 2 de enero de 2024 alrededor de las 22:15 horas, en una vivienda de Catriel. De acuerdo a la acusación, el acusado, acompañado de otro sujeto aún no identificado, amenazó al denunciante desde la vereda con frases como: “Te vamos a matar y te vamos a prender fuego tu casa”. Según el expediente, luego ingresó al domicilio y agredió al hombre, provocándole dos cortes en los muslos con un arma blanca, lo que le causó lesiones calificadas como leves.
Durante la audiencia de control de acusación, las partes informaron que habían llegado a un acuerdo conciliatorio, donde el imputado se comprometió a pagar una suma de dinero a modo de reparación. Cumplido el compromiso, la Fiscalía pidió aplicar el criterio de oportunidad —previsto en el artículo 96, inciso 5° del Código Procesal Penal—, extinguir la acción penal y sobreseer al imputado. La defensa se mostró de acuerdo y solicitó, además, la regulación de sus honorarios.
La jueza María Agustina Bagniolé avaló el pedido, recordando que el Ministerio Público Fiscal tiene la facultad de aplicar políticas criminales que permitan resolver conflictos sin necesidad de juicio, tal como lo contempla el artículo 14 del Código Procesal Penal. A su vez, reconoció el rol activo del defensor, Dr. Pablo Barrionuevo, a quien le reguló honorarios por 25 jus.
Finalmente, se dejó constancia en el fallo que el proceso no afecta el buen nombre y honor del imputado, de acuerdo al artículo 157 del mismo código.