Un fallo del Juzgado Civil de Villa Regina condenó a la aseguradora Triunfo Cooperativa de Seguros Limitada a indemnizar a un conductor que sufrió daños en su vehículo tras transitar por un tramo deteriorado de la Ruta Nacional 151. El hombre rompió dos cubiertas a la altura del kilómetro 256 mientras se dirigía hacia Villa Regina.
El conductor denunció el hecho ante su compañía aseguradora cumpliendo con los requisitos legales, incluyendo fotografías del vehículo, documentación y presupuestos de reparación. Pese a esto, la empresa respondió un mes y medio después, fuera del plazo establecido por la Ley del Contrato de Seguro.
La normativa vigente exige que las aseguradoras se pronuncien dentro de los 30 días desde la recepción de la denuncia. El juzgado determinó que el incumplimiento de ese plazo equivale a la aceptación del siniestro. Por esa razón, la discusión sobre el tipo de cobertura contratada —la empresa alegaba que solo era contra terceros— quedó sin efecto.
La sentencia ordenó a la aseguradora cubrir los gastos por reparación de llantas y cubiertas, además de indemnizar por daño moral y por la privación de uso del vehículo.
El caso vuelve a poner en foco las condiciones de transitabilidad de la Ruta 151 y la importancia del cumplimiento de los plazos legales por parte de las compañías de seguros.
