Una docente de San Carlos de Bariloche transitaba una licencia médica por neumonía en agosto de 2025, con certificados presentados y controles validados. A pesar de ello, su recibo de sueldo reflejó descuentos por los días no trabajados. Para la Provincia, el período excedía el límite de licencias con goce de haberes y por eso aplicó los recortes. Para la trabajadora, en cambio, formaba parte de un proceso único de salud que nunca se había interrumpido.
Tras agotar la vía administrativa sin obtener respuesta favorable, la docente llevó el caso al fuero Laboral, donde el tribunal centró su análisis en si correspondía fragmentar la licencia o considerarla continua. La Cámara evaluó la evolución clínica, incluyendo complicaciones posteriores y el diagnóstico psíquico reconocido por junta médica como enfermedad de largo tratamiento, y concluyó que no era válido aplicar criterios distintos en tramos consecutivos de la misma afección.
El fallo destacó además que la actuación administrativa fue deficiente: una vez alcanzado el límite de licencia común, debía intervenir la junta médica de inmediato, sin trasladar la carga de decisión a la trabajadora en un contexto de enfermedad acreditada.
También se tuvo en cuenta el seguimiento sanitario por ser contacto estrecho de un caso grave en la comunidad educativa.
Con estos fundamentos, la Cámara ordenó reintegrar los descuentos aplicados, con intereses, aunque el fallo aún puede ser apelado. La decisión subraya la necesidad de considerar la continuidad de los cuadros de salud en el encuadre de licencias médicas y marca un precedente sobre la correcta aplicación de derechos laborales en situaciones de enfermedad prolongada.
