Se desconocieron en la calle: uno le pegó con un fierro y el  otro con el asiento de su bici

El hecho ocurrió durante una pelea entre un conductor y un ciclista en mayo de 2024. Ambos terminaron en la justicia.

La Justicia rionegrina dispuso el sobreseimiento de dos hombres que habían sido acusados de agredirse mutuamente durante una discusión ocurrida en Catriel en mayo de 2024. La resolución fue tomada por la jueza de garantías Amorina Liliana Sánchez Merlo en base a la aplicación del criterio de oportunidad, luego de que la Fiscalía y la Defensa coincidieran en que el conflicto entre los involucrados había sido superado.

El hecho tuvo lugar el 31 de mayo de 2024, cerca del mediodía, en la intersección de Avenida Roca y calle Pedro Giachino. Según consta en la causa, uno de los imputados conducía una camioneta Ford Ecosport, mientras que el otro circulaba en bicicleta. En un momento, ambos comenzaron a discutir, lo que derivó en una agresión mutua: el primero descendió del vehículo con un objeto similar a un fierro y golpeó al ciclista, quien reaccionó utilizando el asiento de su bicicleta como arma, impactando en la cabeza de su oponente.

Como resultado, ambos sufrieron heridas leves. Uno presentó un traumatismo de cráneo leve y lesiones en la zona auricular y parietal, mientras que el otro sufrió hematomas en el rostro y una herida cortante en el cuero cabelludo que requirió sutura.

El 4 de febrero de 2025, la Fiscalía y la Defensa solicitaron la desvinculación definitiva de los imputados, argumentando que no se había podido determinar quién inició la agresión y que ambas partes habían tomado conciencia de las consecuencias del proceso penal. Además, no contaban con antecedentes ni se registraron nuevos incidentes.

La fiscal Marcela Marchetti consideró que el conflicto estaba resuelto y que no había una afectación grave al interés público, por lo que dictaminó favorablemente el sobreseimiento de ambos acusados. La jueza Sánchez Merlo hizo lugar al pedido, destacando que el principio de oportunidad permite racionalizar la respuesta punitiva y que, en este caso, era la solución más adecuada.

La decisión implica que la acción penal queda extinguida sin afectar el buen nombre y honor de los involucrados, conforme lo establece el Código Procesal Penal.