Un juez de Ejecución permitió que un condenado por robo en Catriel se pueda mudar a San Juan para poder trabajar. El hombre fue condenado a una pena de prisión en suspenso, es decir que purga su pena en libertad a cambio de una serie de condiciones. En ese contexto, su defensa solicitó el permiso para una mudanza por cuestiones laborales.
El Juzgado de Ejecución Penal N° 8 de Cipolletti ajustó las pautas de seguimiento para un condenado a pena en suspenso que cambió su domicilio a San Juan por razones laborales. El juez Lucas Lizzi resolvió en audiencia realizada por videoconferencia que la supervisión pasará a la Dirección de Protección al Preso, Liberado y Excarcelado de la Provincia de San Juan, dejando sin efecto la intervención del Instituto de Asistencia a Presos Liberados (IAPL), con sede en Río Negro.
El condenado identificado en el fallo como D.V. explicó que trabajaba en una cantera de productos minerales en San Juan y residía cerca de una comisaría, a solo tres cuadras de distancia. Durante la audiencia, su defensor solicitó que las presentaciones sean por medios digitales y que la comisaría no forme parte del control, ya que consideró que no contribuye a la reinserción social.
El fiscal coincidió en que la supervisión debería adaptarse a la nueva situación del condenado, sugiriendo que las autoridades correspondientes en San Juan realicen el seguimiento a través de entrevistas periódicas. La defensa solicitó que la audiencia se considere como una presentación válida, lo cual fue aceptado por el juez.
El juez Lizzi dictaminó que el condenado se someterá a control cada dos meses ante la Dirección de Protección al Preso de San Juan, eliminando la obligación de presentarse en el Juzgado de Paz de Catriel.
También instruyó que el IAPL deje de intervenir en el caso y que el organismo de San Juan coordine la modalidad de control.
El magistrado remarcó la necesidad de buscar la reinserción social del condenado y señaló que la comisaría no resulta adecuada para esta etapa del proceso. Además, recordó que el control incluye la obligación de no cometer delitos, condición que sigue vigente.
Finalmente, la audiencia concluyó con la aceptación de los cambios por parte de todas las partes involucradas, dejando registrado el nuevo domicilio del condenado y notificando a los organismos pertinentes sobre el cese de las pautas anteriores.