La Justicia de Cipolletti resolvió reconocer la paternidad de una niña de Catriel luego de que su madre iniciara una demanda para que el padre la reconociera legalmente. La sentencia fue dictada el 29 de septiembre de 2025 por la jueza María Gabriela Lapuente, quien además determinó que la niña mantendrá su apellido materno, ya que así se siente identificada y es conocida en su entorno familiar, escolar y social.
El caso comenzó cuando la madre de la menor, presentó la acción judicial en 2024. En su relato contó que mantuvo una relación con el padre de la niña en 2012, que durante el embarazo el hombre no negó su paternidad, pero desapareció poco antes del nacimiento y nunca realizó el reconocimiento formal. Por eso, la niña fue inscripta solo con el apellido de su madre.
Durante el juicio, el padre se presentó y aceptó la demanda, reconociendo que la niña era su hija y pidiendo que se agregara su apellido al registro. Sin embargo, tanto la madre como la menor —que fue escuchada en audiencia— expresaron su deseo de mantener el apellido materno con el que la niña creció y se identifica.
En su resolución, la jueza sostuvo que el derecho a la identidad no se limita al vínculo biológico, sino que también abarca la identidad social y afectiva construida a lo largo del tiempo. Por eso, decidió no modificar el nombre actual, aunque se ordenó asentar el reconocimiento paterno en el Registro Civil de Catriel.
El fallo también dispuso que cada parte asuma sus propios gastos y fijó los honorarios profesionales en $980.265 para el abogado de la madre y $653.510 para el abogado del padre.
Con esta decisión, la Justicia reafirmó que el derecho de los hijos a conocer su origen biológico puede convivir con el derecho a mantener su identidad y su nombre, cuando eso responde a su voluntad y a su historia personal.
