Un hombre, identificado con las siglas M. Á. G. durante el proceso judicial, fue condenado a tres meses de prisión en suspenso por haber tomado del cuello, golpeado con un cinto al hijo de su pareja -un niño de 12 años- y obligarlo a bañarse con agua fría en una vivienda de Catriel. La Justicia lo halló culpable del delito de lesiones leves y le impuso además la prohibición de contacto con la víctima por el plazo de dos años.
El caso salió a la luz luego de que el menor relatara los hechos a su fonoaudióloga, quien alertó a la escuela y llevó a que la directora realizara la denuncia penal. La investigación confirmó que el niño presentaba excoriaciones en el cuello y hematomas en la espalda, compatibles con la agresión denunciada.
Durante el juicio abreviado, el acusado admitió su responsabilidad y aceptó la pena. Además de la prohibición de contacto con el menor, se le impusieron restricciones como la obligación de fijar domicilio, someterse al control del Patronato de Presos y Liberados, y abstenerse del consumo de alcohol y drogas.
El niño, que presenta un retraso madurativo, actualmente vive con su abuela paterna y no mantiene contacto con su madre, quien se negó a recibirlo. La SENAF interviene en el caso para evaluar la situación y adaptar la mejor posibilidad para el menor involucrado.
Con la sentencia firme, el condenado deberá cumplir con las condiciones impuestas, bajo control de las autoridades judiciales.