La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó este martes la condena contra la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner en la causa conocida como “Vialidad”. El fallo, unánime, ratifica la sentencia del Tribunal Oral Federal N° 2 y de la Cámara de Casación Penal que la hallaron culpable del delito de administración fraudulenta agravada por su rol en el direccionamiento de obras públicas a favor del empresario Lázaro Báez en Santa Cruz.
Con esta resolución, Fernández de Kirchner queda inhabilitada de forma permanente para ocupar cargos públicos y enfrenta una pena de seis años de prisión. Dada su edad —supera los 70 años—, se prevé que cumpla arresto domiciliario. La decisión también alcanza a otros ocho ex funcionarios y empresarios, entre ellos José López, Nelson Periotti y el propio Báez.
El máximo tribunal, compuesto por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimó los recursos presentados por las defensas y por la Fiscalía, argumentando que la sentencia apelada fue razonada, fundada y se apoyó en pruebas válidas. Rechazó también los cuestionamientos a la imparcialidad de los magistrados que intervinieron en las instancias anteriores.
El fallo establece que entre 2003 y 2015 se desplegó una maniobra sistemática desde el Estado nacional para beneficiar a las empresas de Báez mediante la adjudicación de obras viales, sin experiencia previa, con licitaciones irregulares y condiciones de pago favorables. Austral Construcciones S.A., principal beneficiaria, fue adjudicataria de 51 contratos en la provincia de Santa Cruz, muchos de ellos sin competencia real.
Según la Justicia, la entonces presidenta tuvo un rol clave al firmar el Decreto 54/2009, que modificó un fideicomiso destinado a infraestructura vial, permitiendo que los fondos fueran administrados por la Dirección Nacional de Vialidad, en manos de funcionarios involucrados en la causa. El decreto fue señalado como una herramienta central para financiar las obras asignadas a Báez.
Además, la sentencia homologó el decomiso de más de 84.000 millones de pesos, monto estimado del perjuicio al Estado nacional. El fallo también confirmó las absoluciones por falta de pruebas o prescripción de Julio De Vido, Abel Fatala, Héctor Garro y Carlos Kirchner.
Una de las principales discusiones entre los jueces fue si correspondía aplicar el delito de asociación ilícita. Mientras que Borinsky y Barroetaveña descartaron esa figura por no hallarse una pluralidad de planes delictivos, el juez Hornos consideró que sí existió una organización estable con fines criminales, liderada por Fernández de Kirchner.
Desde el retorno de la democracia, Cristina Kirchner es la segunda ex presidenta condenada por la Justicia, luego de Carlos Menem. Esta causa es la primera con sentencia firme y de cumplimiento efectivo contra ella. Otras investigaciones, como los casos Hotesur, Los Sauces o el Memorándum con Irán, aún están pendientes de juicio oral. La decisión de la Cortar Suprema de Justicia se resolvió días después que CFK confirmara su candidatura por la tercera seccion electoral (sur y parte del oeste del Conurbano bonaerense).
