Una niña de Catriel logró que su padre la reconozca pero mantendrá solo el apellido de su madre

La Justicia de Cipolletti resolvió reconocer la paternidad de una niña de Catriel luego de que su madre iniciara una demanda para que el padre la reconociera legalmente. La sentencia fue dictada el 29 de septiembre de 2025 por la jueza María Gabriela Lapuente, quien además determinó que la niña mantendrá su apellido materno, ya que así se siente identificada y es conocida en su entorno familiar, escolar y social.

El caso comenzó cuando la madre de la menor, presentó la acción judicial en 2024. En su relato contó que mantuvo una relación con el padre de la niña en 2012, que durante el embarazo el hombre no negó su paternidad, pero desapareció poco antes del nacimiento y nunca realizó el reconocimiento formal. Por eso, la niña fue inscripta solo con el apellido de su madre.

Durante el juicio, el padre se presentó y aceptó la demanda, reconociendo que la niña era su hija y pidiendo que se agregara su apellido al registro. Sin embargo, tanto la madre como la menor —que fue escuchada en audiencia— expresaron su deseo de mantener el apellido materno con el que la niña creció y se identifica.

En su resolución, la jueza sostuvo que el derecho a la identidad no se limita al vínculo biológico, sino que también abarca la identidad social y afectiva construida a lo largo del tiempo. Por eso, decidió no modificar el nombre actual, aunque se ordenó asentar el reconocimiento paterno en el Registro Civil de Catriel.

El fallo también dispuso que cada parte asuma sus propios gastos y fijó los honorarios profesionales en $980.265 para el abogado de la madre y $653.510 para el abogado del padre.

Con esta decisión, la Justicia reafirmó que el derecho de los hijos a conocer su origen biológico puede convivir con el derecho a mantener su identidad y su nombre, cuando eso responde a su voluntad y a su historia personal.

Un trabajador de Catriel pagará el 35% de su sueldo en alimentos para sus tres hijos

La Unidad Procesal N° 11 de Cipolletti resolvió que un vecino de Catriel deberá destinar el 35% de su salario mensual para cubrir los gastos de sus tres hijos menores, que viven con su madre. La jueza María Gabriela Lapuente dictó la sentencia el 21 de octubre de 2025, luego de que la madre presentara una demanda por alimentos.

Según el fallo, el trabajador —empleado en relación de dependencia— deberá pagar la cuota por descuento directo de haberes, entre el 1 y el 10 de cada mes, además de la mitad de los gastos extraordinarios, como salud, educación o actividades deportivas, y todas las asignaciones familiares que perciba.

La resolución fija que el aporte comenzará a contarse desde noviembre de 2024, fecha en que el hombre fue notificado formalmente del reclamo, por lo que también deberá regularizar la deuda acumulada con los intereses correspondientes.

Durante el proceso, la madre detalló los gastos escolares, médicos y deportivos de los chicos, y explicó que asume sola el cuidado diario. El padre, por su parte, había ofrecido un 30% de sus ingresos y sostuvo que colabora con otros gastos, como indumentaria y obra social.

La jueza consideró que el 35% era un monto “razonable y acorde” a las necesidades de los niños y a los ingresos del alimentante, estimados en 1,29 millones de pesos mensuales, según los recibos de sueldo incorporados al expediente.

El tribunal también ordenó a la empresa empleadora que retenga ese porcentaje del salario y lo deposite en la cuenta judicial correspondiente. Además, impuso las costas del juicio al padre y reguló los honorarios profesionales de las abogadas de ambas partes en $1.708.338,60 cada una.

La sentencia puede ser apelada, aunque una vez firme, la cuota alimentaria se mantendrá vigente de forma automática y se ajustará junto con los aumentos salariales.

Dos vecinos que chocaron en cuatriciclo demandaron al municipio: deberán pagar los gastos del juicio

El Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones N° 9 de Cipolletti resolvió el 21 de julio de 2025 rechazar la demanda por daños y perjuicios iniciada dos vecinos contra la Municipalidad de Catriel. Según el fallo, los vecinos circulaban de noche en un cuatriciclo no habilitado para transitar por la vía pública, lo que constituyó culpa de las víctimas del accidente y eximió de responsabilidad al municipio.

La resolución, dictada por el juez Mauro Marinucci, ordenó que los gastos del proceso sean asumidos por los demandantes y fijó una base regulatoria de $19.003.425,96 para calcular los honorarios. El fallo es de primera instancia y aún no se encuentra firme.

El caso se originó por un accidente ocurrido el 24 de noviembre de 2014 sobre la calle Roque Sáenz Peña, en Catriel. Los actores aseguraron que fueron sorprendidos por un lomo de burro sin señalización y de gran tamaño, lo que provocó que perdieran el control del vehículo y sufrieran lesiones. En su reclamo exigieron $2.626.647,36 en concepto de daño físico, moral, estético y gastos médicos.

Sin embargo, el tribunal determinó que el cuatriciclo Yamaha utilizado carecía de la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) exigida por la Ley Nacional de Tránsito 24.449 y la Resolución 108/2003. En el título del rodado figuraba expresamente la leyenda “vehículo no apto para circular en la vía pública”.

Para el juez, este dato fue clave: “Fueron los propios actores quienes asumieron el riesgo de conducir por la vía pública un vehículo no autorizado para ello”, señala la sentencia. Por esa razón, el tribunal entendió que no podía atribuirse responsabilidad alguna al municipio.

La pericia accidentológica incorporada al expediente describió la calle como recta, de ripio y con iluminación artificial, y constató la existencia de carteles que advierten la presencia de reductores de velocidad. El especialista indicó que no pudo determinar la mecánica del hecho ni el punto exacto del siniestro por falta de documentación, como fotografías o intervención policial.

El juzgado concluyó que “no se acreditó con la suficiencia requerida que el lomo de burro fuera antirreglamentario o carente de señalización”, motivo por el cual rechazó la demanda en su totalidad.

En materia de costas y honorarios, el fallo aplicó el principio objetivo de la derrota, según el cual quien pierde el juicio debe asumir los gastos. Se estableció una base de $19.003.425,96 —que incluye intereses— y se reguló $1.330.239,81 a las abogadas de la parte actora y $314.805 a cada uno de los peritos intervinientes.

La sentencia puede ser apelada ante la Cámara de Apelaciones. Si queda firme, los demandantes deberán afrontar la totalidad de los costos. Más allá del caso puntual, el fallo vuelve a poner en debate el uso de cuatriciclos en zonas urbanas y la necesidad de señalización adecuada en reductores de velocidad, especialmente en calles de ripio.

Deberán pagarle $113,5 millones a una motociclista accidentada en Catriel

El Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones N° 9 de Cipolletti, a cargo del juez Mauro Marinucci, resolvió condenar al conductor, a la titular registral, a la empresa petrolera y a la aseguradora La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales a abonar a la víctimauna indemnización total de $113.549.976,52. La sentencia, dictada el 1° de octubre de 2025, es definitiva en primera instancia.

El fallo determinó que el conductor, quien manejaba una camioneta Toyota Hilux de la empresa petrolera, no cedió el paso y provocó el accidente ocurrido el 14 de febrero de 2018 en la intersección de Avenida Rawson y calle Pico Truncado, en la ciudad de Catriel. La víctima, que circulaba en motocicleta, sufrió lesiones severas: fractura de muñeca izquierda, traumatismo de cráneo y múltiples contusiones, que derivaron en una incapacidad permanente del 30%.

Según el expediente, el vehículo conducido por el hombre se encontraba al servicio de una SRL, y su aseguradora, mantenía vigente una póliza de responsabilidad civil por hasta $6 millones. No obstante, la sentencia aplicó la Doctrina Legal del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (fallo “Levian”), que ajusta los límites de cobertura al valor vigente del seguro automotor obligatorio, fijado en $160 millones por la Superintendencia de Seguros de la Nación.

El fallo calificó el caso bajo el régimen de responsabilidad objetiva por riesgo creado, establecido en el artículo 1757 del Código Civil y Comercial de la Nación. Las pericias accidentológica y médica fueron determinantes: confirmaron que la camioneta invadió el carril de circulación de la motociclista, obstruyendo su paso y generando una colisión perpendicular.

La víctima estuvo internada una semana y debió ser operada dos veces, luego de que su cuerpo rechazara el material quirúrgico implantado. La pericia médica determinó que padece limitación funcional permanente en la muñeca y dolor crónico, con impacto en sus actividades laborales y cotidianas.

El tribunal fijó $62,7 millones por incapacidad física, $7 millones por daño moral (actualizados a $10,9 millones con intereses), $1,3 millones por tratamiento psicológico y $180.000 por gastos médicos. El rubro por reparación del motovehículo fue desestimado por falta de prueba.

La sentencia impuso además las costas del proceso a los demandados y a la aseguradora, y reguló honorarios profesionales y periciales por más de $18 millones para la representación de la actora.

De acuerdo con la resolución, los responsables deberán abonar el monto total en un plazo de diez días, más los intereses previstos por la doctrina legal del Superior Tribunal de Justicia en los precedentes “Jerez”, “Guichaqueo” y “Fleitas”.

El fallo podrá ser apelado ante la Cámara de Apelaciones. En caso de quedar firme, representará una de las indemnizaciones judiciales más altas dictadas en la región en materia de accidentes de tránsito urbanos con participación de empresas de servicios petroleros.

Cómo ocurrió el accidente entre dos camiones en la Ruta 151

La jefa de Tránsito de Cipolletti, Vilma Ríos, informó a Viento Sur Noticias que Seguridad Vial Puente Dique tomó conocimiento del siniestro a las 19:40, a través de la U9 de la Policía de Catriel. Al arribar, los efectivos verificaron la intervención de dos camiones en la Ruta 151, en la zona de Medanito.

Según el reporte oficial, la colisión fue por alcance. El primer vehículo es un Mercedes-Benz con semirremolque, conducido por un hombre mayor de edad oriundo de Formosa, que circulaba desde Ibicuy (Entre Ríos) hacia Añelo (Neuquén). El segundo vehículo es también un Mercedes-Benz, al mando de un hombre mayor de edad proveniente de Chivilcoy, que se dirigía a Añelo con carga de arena.

De acuerdo con Ríos, el primer camionero “visualiza un vehículo delante de él y frena sobre la calzada para evitar la colisión”; la maniobra no fue advertida por el segundo conductor, lo que derivó en el impacto por alcance. Si bien los daños materiales son de importancia, no existen lesionados, precisó la funcionaria.

Accidente en la Ruta 151: Dos camiones chocaron pero no habría heridos de gravedad

Ríos confirmó la participación del personal de Tránsito de Cipolletti en el siniestro vial sobre la Ruta 151, a la altura del yacimiento Medanito. Precisó que en la zona “no hay señal” y que están esperando comunicación con Puente Dique para brindar mayores detalles. La funcionaria indicó que la primera información que circuló mencionaba camionetas involucradas, pero el material disponible hasta ahora muestra dos camiones posiblemente protagonistas del hecho, uno de ellos fuera de la calzada.

De acuerdo con los Bomberos, la sirena se activó a las 19:35 y las dotaciones salieron a las 19:40. A las 20:52, VSN recibió fotografías en las que se observan daños frontales en al menos una unidad y personal de salud trabajando junto a una ambulancia. No hay información oficial sobre lesionados ni víctimas fatales.

Los equipos de emergencia solicitaron a conductores y vecinos reducir la velocidad, respetar desvíos e indicaciones y no bloquear accesos mientras continúa el operativo en la Ruta 151, en las inmediaciones de la YPF de afuera.

Ruta 151: Bomberos confirmó accidente en la zona de Medanito, reportan choque frontal de camiones cerca de la YPF de afuera

Bomberos confirmaron a Viento Sur Noticias un accidente en la Ruta 151, a la altura del yacimiento Medanito. Indicaron que la sirena se activó a las 19.35 y que las dotaciones partieron hacia el lugar a las 19.40. Desde el cuartel señalaron que no pudieron precisar cantidad y características de los vehículos involucrados ni el estado de las personas asistidas, y que se trata de una noticia en desarrollo.

En paralelo, Radio Ciudad Catriel comunicó que, según sus datos preliminares, el hecho correspondería a un choque frontal de camiones en las inmediaciones de la YPF de afuera.

Los equipos de emergencia solicitaron a conductores y vecinos “colaborar para facilitar el trabajo” en la zona: reducir la velocidad, respetar desvíos e indicaciones y no bloquear accesos a la traza. VSN aguarda información ampliada sobre la mecánica del hecho y el balance de intervenciones mientras continúa el operativo en la Ruta 151.

Tierra de nadie: le rompieron el vidrio a las 5 de la mañana y se llevaron un parlante Bluetooth

El dueño de Jazmín Catriel informó que el local fue violentado alrededor de las 5:00 del miércoles. Según describió, una persona golpeó insistentemente la puerta/vidrio hasta provocar la rotura y, luego, sustrajo un parlante Bluetooth y otro elemento que no se distingue con claridad en las imágenes. El hecho quedó registrado en un video compartido por el comercio, donde se observa la secuencia del impacto y el ingreso.

En un mensaje dirigido a la comunidad, el propietario señaló: “Otra vez volvimos a pasar por lo mismo, nos robaron a las 5 de la mañana aproximadamente. No colocamos rejas aún porque hace muy poco terminamos con la remodelación del techo y demás; todo junto no podemos, lamentablemente. Si alguien reconoce a esta persona y me puede aportar datos se lo agradezco. Desde ya, muchas gracias a todos. Es en nuestro local de calle Argentina.” El comerciante confirmó que la ubicación corresponde a calle Argentina, en Catriel, y pidió difundir el material para facilitar la identificación.

El video difundido por el negocio muestra a un individuo que golpea reiteradamente la superficie vidriada hasta abrir paso y llevarse al menos un parlante. El segundo objeto extraído parece ser una caja, pero no puede ser precisado a partir de las imágenes disponibles. No se reportaron personas heridas ni otros daños dentro del local más allá de la rotura del vidrio.

Hasta el momento, el comercio mantuvo la difusión del video y el pedido de colaboración para obtener información que permita identificar al autor del hecho. El registro audiovisual y los datos aportados por vecinos serán reunidos por el propietario como parte de la documentación del incidente, mientras evalúa medidas de refuerzo para la seguridad del local.

El Hospital de Catriel apartó preventivamente a un trabajador por una causa sobre material de abuso sexual infantil

La Dirección del Hospital de Catriel Dra. Cecilia Grierson comunicó que, “ante la información que circula en distintos medios y redes sociales respecto a un integrante del personal del hospital”, la persona fue apartada preventivamente de sus funciones “en el marco de un procedimiento administrativo interno”, con el objetivo de garantizar la transparencia y el debido proceso. El anuncio se difundió ayer (05/11/25) en un comunicado oficial.

El pronunciamiento del hospital se conoció después de que concejales y organizaciones locales difundieran un pedido para que se adoptaran medidas preventivas. En ese texto, se repudiaba la “presencia de personas actualmente sospechosas” y se reclamaba la remoción y la intervención de la Justicia y de los órganos internos del centro de salud. Firmaron los concejales Gonzalo Gerez, Carolina Piris, Rosa Nuevas y Teresa Cardona, junto a Multisectorial de Mujeres de Catriel, Mujeres Evita Catriel, Campaña por la Emergencia en Violencia de Género Catriel, Mujeres PJ Catriel, Kolina Feminista y Kolina Catriel. El documento no identificó a la persona presuntamente involucrada, aunque fuentes locales vincularon el reclamo con el allanamiento realizado días antes que fue primcia de VSN.

Según informó la Justicia provincial, el 20 de octubre se llevó a cabo un operativo en una vivienda de calle Nicaragua de Catriel, a partir de una alerta internacional por posible carga o descarga de material de abuso sexual infantil (MASI) desde una conexión local. Intervinieron la Policía de Río Negro y el Gabinete de Criminalística, con orden judicial. Durante el procedimiento se secuestraron computadoras, teléfonos celulares y otros dispositivos electrónicos, remitidos a la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITEL) para pericias. No hubo detenidos, y no hay imputaciones formales al momento; los resultados periciales definirán los próximos pasos del proceso penal.

Fuentes judiciales recordaron que las pesquisas por explotación sexual infantil en entornos digitales suelen activarse por reportes de organismos internacionales como el National Center for Missing and Exploited Children (NCMEC) y el sistema ICACCOPS, y que los expedientes pasan a las fiscalías locales para su investigación. En Río Negro, este año se dictaron penas en Choele Choel y Cervantes en casos de tenencia, distribución y publicación de MASI, mientras que en General Roca y Viedma siguen investigaciones abiertas con medidas cautelares. De acuerdo con el Código Penal Argentino, la tenencia, producción o distribución de este tipo de material es un delito grave, con penas de 3 a 6 años de prisión, agravadas en determinadas circunstancias.

En el plano local, las agrupaciones firmantes del comunicado del 02/11 señalaron que personas bajo sospecha no deberían realizar tareas cerca de niños, niñas y adolescentes, usuarios de salud mental ni personas mayores, y pidieron actuación inmediata de la junta interna o de quien corresponda. Por su parte, el Hospital destacó en su mensaje que el apartamiento preventivo busca preservar el funcionamiento del establecimiento y el derecho al debido proceso de todas las partes involucradas.

El caso de Catriel permanece bajo secreto de sumario, mientras los equipos técnicos avanzan con el análisis del material incautado en la OITEL. La dirección del Hospital Grierson remarcó que el procedimiento administrativo interno seguirá su curso en paralelo a las actuaciones judiciales, y que cualquier novedad será comunicada por canales oficiales.

Nueva edición de “La ReVuelta”: Expo Feria de emprendedores el domingo 9 de noviembre

La Municipalidad de Catriel anunció el regreso de “La ReVuelta”, la Expo Feria de emprendedores que se realizará el domingo 9 de noviembre, de 16 a 21, en el SUM Municipal Eldo Carro. La participación y el acceso del público serán libres y gratuitos, según comunicó la organización.

La propuesta apunta a abrir un espacio de exhibición y venta para emprendimientos locales y regionales, con una agenda que incluye stands de alimentos y bebidas, producciones artesanales y presentaciones musicales. También se prevén sorteos y actividades recreativas durante la jornada.

Desde el municipio destacaron que la convocatoria está dirigida a emprendedores, feriantes y vecinos interesados en recorrer la muestra. Según el anuncio oficial, la feria busca promover el encuentro entre productores y consumidores, y dinamizar la economía local a través de la visibilización de proyectos de pequeña escala.

Los expositores confirmados abarcan rubros de artesanías, cocina y productos regionales. Para el público, el cronograma establece apertura a las 16 y cierre a las 21 en el predio del SUM. La actividad se desarrolla bajo la órbita de la actual gestión municipal.