Condenado a 4 años de prisión por tener imágenes de abuso sexual infantil

Un hombre fue condenado a 4 años de prisión por el delito de tenencia de imágenes de abuso sexual infantil con fines de distribución, agravado por la edad de las víctimas. Además, se le revocó una condena condicional previa, unificando ambas penas para un total de 5 años y medio de privación de libertad. El individuo había sido detenido preventivamente tras un allanamiento en su domicilio, desencadenado por un reporte de la organización National Center for Missing and Exploited Children.

Las pericias forenses realizadas posteriormente revelaron la existencia de un video de abuso sexual infantil, compartido a través de Facebook Messenger. El Ministerio Público Fiscal avanzó con un procedimiento abreviado, obteniendo la aceptación del acusado sobre los cargos imputados. El tribunal, compuesto por tres jueces, destacó la robustez del caudal probatorio presentado por la fiscalía durante la audiencia, subrayando que las evidencias no fueron objetadas por la defensa del acusado.

El hecho ocurrió en Choele Choel. En Catriel, también se están investigando casos similares, reflejando una preocupación extendida sobre la seguridad digital y la protección de menores en la región.

La mamá de Maximiliano Segura habló en el cierre del juicio

En el cierre del juicio por el crimen de Maximiliano Segura, su madre tomó la palabra para honrar la memoria de su hijo. «Maximiliano era mi hijo, padre de dos niñas, hermano de tres chicos más. Era una persona humilde, trabajador y apreciado en la ciudad de Catriel. Siempre supo lo que era el sacrificio y fue respetado por sus valores, colaborando con clubes locales, el municipio y la comunidad en general. Maximiliano era una excelente persona, un gran ser humano con un gran corazón, jamás violento, y con una reputación intachable», expresó con profunda emoción.

El Ministerio Público Fiscal de Catriel y la querella particular solicitaron que Sebastián Veron, único imputado por el crimen, sea declarado culpable. Según el fiscal jefe, un video de seguridad que registra los 12 segundos críticos del incidente fue analizado cuadro por cuadro para describir la mecánica de los hechos. La fiscalía argumentó que Veron inició la agresión al desenfundar un cuchillo y atacar a Segura, quien estaba desarmado. Un testigo describió la escena como un enfrentamiento entre un hombre armado y una víctima indefensa, lo que refuerza la postura de que no se trató de legítima defensa.

La defensa de Veron, en cambio, sostuvo que actuó dentro del marco legal de la legítima defensa y solicitó su absolución o, subsidiariamente, que se lo declare culpable de homicidio en exceso de legítima defensa. La querella respaldó la postura fiscal, destacando jurisprudencia que excluye la legítima defensa cuando la agresión es provocada por el acusado. El tribunal colegiado anunciará su veredicto el 23 de julio, después de una extensión del plazo debido a la feria judicial. El juicio se centró en un incidente ocurrido el 24 de septiembre de 2022, cuando una disputa por un presunto robo de caños llevó a un enfrentamiento fatal entre Veron y Segura.

Prisión preventiva para acusado de robar y matar a «Carlitos»

Un hombre fue acusado de abigeato agravado por sustraer un caballo, faenarlo y despostarlo. «Carlitos», era utilizado por una asociación civil para realizar equinoterapia con personas con discapacidad.

Según indicó la fiscalía el hecho investigado sucedió el 2 de julio alrededor de las 15:45 cuando el imputado junto a otro hombre se dirigieron a un predio rural ubicado a varios kilómetros del ejido urbano de la localidad de Catriel. Tras sustraer a Carlitos, lo habrían trasladado hasta el lugar residía el imputado para matarlo y posteriormente despostarlo. En el lugar intentaron ocultar los restos, cocinaron su carne y ocultaron otra parte de la carne en un freezer.

La calificación legal del caso es abigeato agravado.

Un video de una cámara de seguridad captó al acusado acompañado de otro hombre y llevando consigo al caballo sustraído. Tras observar las filmaciones, el presidente de la Asociación Kawell Anay, quien resulta víctima y querellante en el caso, pudo reconocer al acusado por lo que se inició una investigación en su contra y se solicitó un allanamiento en su vivienda.

En esa diligencia se encontró carne de potro y restos del animal que fueron identificados por el querellante como de Carlitos. Las viseras y el cuero del animal habían sido ocultados o enterrados.

Tanto la fiscalía como la querella requirieron la prisión preventiva del acusado porque consideraron que en caso de recuperar la libertad el hombre podría entorpecer el normal avance del proceso. Argumentaron que en caso de recaer condena la misma sería de cumplimiento efectivo, que el imputado había intentado ocultar evidencias relevantes para el caso, que podría interferir en la declaración de testigos y que aún restaba identificar a otra persona presuntamente involucrada en el hecho.

La defensa particular que asistió al imputado consideró que el hecho no encuadraba en la figura de abigeato sino que se trataba de un robo o un hurto. Su abogado agregó que no existían riesgos procesales y requirió medidas cautelares alternativas.

La jueza de garantías que intervino en la audiencia hizo lugar al pedido de la acusación, tuvo por formulados los cargos en los términos requeridos y dictó la prisión preventiva del imputado. En consecuencia, permanecerá detenido mientras avanza el proceso penal en su contra.

Carlitos era un caballo que formaba parte de la Asociación Civil Kawell Anay y ayudaba a realizar tareas de equinoterapia para la rehabilitación de personas con discapacidad. La Asociación cuenta con un predio en la zona rural de Catriel que fue del lugar donde el mismo fue sustraído.

Caso Maxi Segura: la Fiscalía y la querella pidieron que Verón sea declarado culpable

El Ministerio Público Fiscal de Catriel y la querella particular que representa a la familia de la víctima solicitaron que Sebastián Veron, único imputado por el crimen de Maximiliano Segura, sea declarado culpable. El abogado del acusado sostuvo que se trató de una legítima defensa. El veredicto se conocerá el martes 23.

Según indicó el fiscal jefe a cargo de la acusación, los hechos se centran en 12 segundos que quedaron filmados por una cámara de seguridad. Ese video fue analizado cuadro por cuadro por la fiscalía para describir la mecánica del hecho.

Sobre la hipótesis de la defensa argumentó que no puede ser considerado un hecho de legítima defensa. Esa figura contempla que la persona que se defiende sea víctima de una agresión ilegitima, que el medio que utilice para defenderse sea racional con el de la agresión y que no sea quien se defiende quien comience provocando la agresión.

La fiscalía sostuvo que no se dan los mismos. «Quien comienza la agresión es el imputado. Era él quien estaba con el cuchillo, lo desenfundó y mato». Agregó que durante el hecho sólo estaban el acusado y la víctima enfrentados y que el agresor le manifestó que lo iba a matar. Destacó las palabras de un testigo presencial que describió la escena mencionando que había «un chico a mano limpia y un hombre con un cuchillo»

En consecuencia, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la declaración de culpabilidad del acusado por la figura de homicidio.

La querella coincidió con la postura fiscal y acompañó el pedido de declaración de culpabilidad. El representante de la familia de la víctima mencionó jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia en la cual se destaca que si la agresión es provocada por el acusado se excluye la posibilidad de aplicar los principios de la legítima defensa y expresó que la voluntad del acusado fue generar un enfrentamiento y no defenderse.

La defensa particular que asistió al acusado mantuvo su postura inicial en la cual sostuvo que su cliente se defendió dentro del marco previsto legalmente. En consecuencia solicitó que sea declarado no culpable del delito. Subsidiariamente requirió que sea declarado culpable pero de homicidio en exceso de legítima defensa.

El tribunal colegiado, integrado por tres jueces profesional, adelantó que dará a conocer el veredicto el día martes 23 de julio. El plazo para resolver se vio ampliado por la feria judicial que se extenderá desde el 8 al 19 de julio. Se recuerda que el debate oral y público comenzó el lunes y se extendió por tres jornadas hasta finalizar en la tarde de hoy.

La acusación

El hecho llevado a juicio ocurrió cerca de las 19 horas del 24 de septiembre de 2022. Todo comenzó con un supuesto robo de caños “tubing” que el acusado habría perpetrado en un predio sindical donde trabajaba la víctima.

Junto a otros dos hombres, Segura se habría hecho presente en la vivienda del acusado, ingresó por la fuerza y sustrajo dos televisores Led. El acusado – sin saber que la víctima y las otras personas habrían ingresado a su casa y sustraído pertenencias – se cruzó con la víctima fatal y tras mantener una breve discusión desenfundó un cuchillo de unos 30 centímetros que tenía en su cintura, amenazó a Segura y le asestó una puñalada en la zona de la axila que desencadenó el deceso.

Las claves del juicio por el homicidio de Maximiliano Segura en Catriel

El juicio por el homicidio de Maximiliano Segura, ocurrido en septiembre de 2022, comenzó hoy en Catriel, con Sebastián Verón como único acusado en el banquillo. El proceso judicial se prevé que dure hasta el miércoles, con la posibilidad de extenderse hasta el viernes debido a la cantidad de testimonios programados.

El homicidio tuvo lugar el 24 de septiembre de 2022, alrededor de las 19. Según explicaron la fiscalía y la querella que representa a los familiares de la víctima, Segura había confrontado al imputado por la sustracción de caños «tubing» de un predio sindical en el que trabajaba. Este enfrentamiento inicial escaló rápidamente.

Posteriormente, Segura, acompañado por dos personas, ingresó a la vivienda del acusado para sustraer algunos elementos. El acusado, sin saber que había sido víctima de un robo en su casa, desenfundó un cuchillo de 30 centímetros que llevaba en la cintura y amenazó a Segura. La víctima le arrojó una botella, que no impactó en el imputado. En respuesta, el acusado apuñaló a Segura en la zona de la axila, causándole la muerte. Durante la confrontación, uno de los acompañantes de Segura golpeó al acusado en la cabeza con una botella, provocándole lesiones graves.

La fiscalía y la querella particular sostienen que el caso debe calificarse como homicidio simple. Por otro lado, la defensa del acusado argumenta que los hechos se enmarcan en una situación de legítima defensa o, subsidiariamente, en un exceso en la legítima defensa.

Florencia Caruso, Guillermo Merlo yJulio Sueldo.
Crédito: Prensa Poder Judicial

Está previsto que 21 personas testifiquen durante el juicio. De estos, cinco fueron citados exclusivamente por la defensa, mientras que los otros 16 fueron convocados por la acusación y algunos también por la defensa.

El cronograma original del juicio indicaba que se desarrollaría hasta el miércoles, pero se dejó abierta la posibilidad de extenderlo hasta el viernes 5 de este mes, dependiendo de la dinámica y duración de los testimonios.

Este juicio es de gran importancia para la comunidad de Catriel, no solo por la naturaleza del delito, sino también por las implicaciones de las posturas legales presentadas. La resolución del caso podría sentar precedentes en la interpretación de la legítima defensa en la región.

A medida que avance el juicio, se espera que las declaraciones de los testigos y las pruebas presentadas arrojen más luz sobre el caso, permitiendo a la justicia determinar la responsabilidad del acusado. La comunidad catrielense sigue de cerca el desarrollo del proceso, buscando respuestas sobre como sucedieron los hechos y acompañando el pedido familiar de justicia para Maximiliano Segura.

Claves del homicidio de Maximiliano Segura

Jueces: Julio Sueldo, Florencia Caruso y Guillermo Merlo

Fecha y hora: 19 horas del 24 de septiembre de 2022.

Posturas de las partes

  • Fiscalía y querella: consideran el caso como homicidio simple. En Argentina, la pena por homicidio simple está establecida en el Código Penal. Según el artículo 79 del Código Penal Argentino, la pena para el homicidio simple es de 8 a 25 años de prisión. Esta pena se aplica cuando el homicidio no tiene circunstancias agravantes o atenuantes específicas que modifiquen la calificación del delito.
  • Defensa: argumenta que el acusado actuó en legítima defensa o, alternativamente, que hubo un exceso en la legítima defensa.
  • Art.34 del Código Penal: La legítima defensa es una causa de justificación que exime de pena al autor del hecho. No se impone ninguna pena si se demuestra que el acto fue cometido en defensa propia o de terceros, bajo las condiciones que establece la ley (una agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla, y falta de provocación suficiente por parte del que se defiende).
  • Art. 35 del Código Penal: El exceso en la legítima defensa ocurre cuando se sobrepasan los límites de la defensa legítima, actuando con una intensidad desproporcionada o innecesaria. El artículo 35 establece que quien actúe en exceso en la legítima defensa será responsable penalmente, pero se prevé una disminución de la pena. El Código Penal no especifica un rango de pena concreto para este caso, sino que se entiende que el juez debe considerar la situación particular y puede aplicar una pena menor en comparación con la pena correspondiente al delito sin la circunstancia de exceso.

Detalles del Enfrentamiento:

  • Circustancias: Segura habría confrontado al imputado por la sustracción de caños «tubing» de un predio sindical. Este enfrentamiento escaló hasta que Segura, acompañado por dos personas, ingresó a la vivienda del acusado para sustraer algunos elementos.
  • Reacción del acusado: sin saber que había sido víctima de un robo en su casa, el acusado amenazó a Segura con un cuchillo de 30 centímetros. Este aspecto de los hechos que buscará ser demostrado durante el juicio con pruebas audiovisuales y testimonios será clave en el juicio.
  • Respuesta de Segura: Segura arrojó una botella al acusado, quien luego lo apuñaló en la zona de la axila, causándole la muerte.
  • Lesión del acusado y condena a los acompañantes de Segura: Posteriormente, una de las personas que acompañaba a Segura golpeó al acusado con una botella en la cabeza, lesionándolo gravemente. Además ambos acompañantes de Segura fueron condeanados por el robo de los elementos de Verón.

Catriel: irá seis meses a la cárcel por robar televisores y una bicicleta

En un procedimiento abreviado, un hombre fue condenado a seis meses de prisión tras aceptar su culpabilidad en dos delitos de robo y hurto cometidos en la localidad. El imputado, quien tenía antecedentes penales computables, acordó la resolución del caso junto a las víctimas, quienes estuvieron de acuerdo con la sentencia.

La fiscalía descentralizada de Catriel unificó los procesos debido a que los hechos, aunque separados en el tiempo, fueron cometidos por el mismo individuo y presentaban características similares.

El primer delito ocurrió la tarde del pasado 3 de enero, cuando el acusado ingresó a una vivienda y sustrajo dos televisores LED, los cuales luego vendió para obtener dinero en efectivo. El segundo incidente se registró el 22 de marzo alrededor de las 9 de la mañana, cuando aprovechó el descuido de una mujer en un centro de salud y hurtó una bicicleta que estaba apoyada en una ventana.

El rodado fue localizado en una vivienda donde el acusado había dejado la bicicleta como garantía para obtener dinero prestado. El propietario de la vivienda, al ser informado por la policía sobre el origen ilícito de la bicicleta, la entregó voluntariamente, permitiendo su devolución a la legítima propietaria.

El primer delito fue legalmente calificado como robo y el segundo como hurto. Pese a que el acusado contaba con antecedentes penales, había cumplido con su condena previa, lo que permitió que las penas no se unificaran.

La fiscalía y la defensa acordaron una pena de seis meses de cárcel de cumplimiento efectivo. El acusado aceptó los hechos, la calificación legal y la duración de la pena. El juez de juicio homologó el acuerdo y dictó la sentencia correspondiente. El hombre ya se encuentra detenido y el fallo es firme, ya que las partes renunciaron a los plazos para interponer recursos.

El STJ de Río Negro rechazó la queja de Fernando Cronenbold



Hoy se cumplen dos años del femicidio de Patricia Rendón Rodríguez, ocurrido el 28 de junio de 2022 en Catriel. Ese mismo día, Fernando Cronenbold fue detenido como el principal sospechoso, tras regresar de la zona de Medanito, donde posteriormente se encontró el cuerpo de Rendón.

El Ministerio Público Fiscal, encabezado por Gustavo Herrera, desplegó una intensa investigación que reunió múltiples pruebas contra Cronenbold. Un día después de su detención, el sospechoso reveló la ubicación del cuerpo de su ex pareja. Este hecho, de extrema gravedad y crueldad, conmocionó tanto a la región como al país, generando numerosos pedidos de justicia.

Durante el juicio realizado en Cipolletti, se determinó que Cronenbold golpeó fatalmente a Patricia Rendón en su domicilio. Posteriormente, trasladó su cuerpo en el baúl de su Renault Fluence hasta una zona descampada de difícil acceso, a unos 70 kilómetros de Catriel. A pesar de las múltiples pruebas en su contra y la decisión del jurado que lo declaró culpable, Fernando Cronenbold nunca aceptó su responsabilidad en el homicidio. El acusado atribuyó la muerte de su ex pareja a asesinos relacionados con el narcotráfico.

Hace un mes, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó un recurso presentado por un defensor público en representación de Cronenbold. El imputado fue condenado a prisión perpetua por el femicidio de Patricia Rendón en Catriel. El caso se juzgó mediante jurados populares.

Los jueces del STJ abordaron la queja relacionada con el femicidio de Patricia Rendón que tiene como condenado a prisión perpetua a Fernando Cronenbold. El caso llegó al máximo tribunal tras ser rechazada una impugnación extraordinaria por el Tribunal de Impugnación (TI).

El TI negó la impugnación basándose en que el recurso no cumplía con los requisitos formales necesarios para su consideración y no lograba rebatir los fundamentos del veredicto ni demostrar arbitrariedad en la sentencia. A pesar de la apelación del Defensor Penal Sebastián Nolivo, quien argumentó que su recurso sí abordaba estos aspectos y cuestionaba la corrección del proceso, el TI mantuvo su decisión.

El STJ concluyó que el recurso de queja presentado por la defensa era extemporáneo y no cumplía con los estándares formales exigidos, específicamente mencionando la violación de los términos de la Acordada N° 9/23 STJ al exceder el límite de extensión de páginas sin justificación adecuada. También destacaron que el recurso no ofrecía nuevos argumentos sustanciales más allá de los ya presentados, resultando en una reiteración innecesaria.

Por estas razones, y basándose en la falta de cumplimiento de los requisitos formales y la extemporaneidad del recurso, el tribunal decidió rechazar la queja sin más procedimientos. Los jueces expresaron que el recurso no presentaba oportunidades de prosperar, enfatizando la importancia del cumplimiento de los plazos legales y los requisitos formales en la presentación de recursos judiciales. Con esta decisión, Cronenbold Suárez seguirá cumpliendo su prisión perpetua.

El caso de Patricia Rendón sigue resonando en la comunidad, recordando la lucha constante contra la violencia de género y la búsqueda de justicia para las víctimas. Es el tercer femicidio en la ciudad, además de los casos de Cintia Vergara (2014) y Agustina Atencio (2020).

Robo millonario en Catriel: declaró el último imputado y quedó en libertad

Hoy, 26 de junio, se llevó a cabo la audiencia de formulación de cargos por el robo millonario ocurrido a principios de este mes en Catriel. Durante el hecho, los delincuentes sustrajeron monedas de oro, dólares, euros, relojes y más de una decena de armas de fuego. El último imputado en la causa se presentó ayer, 25 de junio, en la comisaría acompañado por su abogado y quedó detenido hasta la audiencia de hoy, donde se le formularon los cargos y quedó en libertad.

Detalles del robo y la investigación

El fiscal en jefe, Gustavo Herrera, presentó la teoría de la acusación que sostendrá en el juicio. Según Herrera, el robo ocurrió entre las últimas horas del 4 y la madrugada del 5 de junio, cuando varios de los acusados ingresaron a una casa, forzaron una reja y utilizaron herramientas de corte para abrir una caja fuerte, sustrayendo un valioso botín. El propietario de los bienes robados, un coleccionista que falleció tiempo atrás, tenía todas las armas registradas a su nombre.

Herrera explicó que dos de los imputados ingresaron a la propiedad, mientras otros tres realizaron tareas de vigilancia en los alrededores de la casa y la Comisaría Novena de Catriel. La investigación principal fue llevada a cabo por la Brigada de Investigaciones de Regina, y se descubrió que varios de los imputados tenían sus teléfonos intervenidos por investigaciones anteriores, lo que permitió obtener información crucial sobre la planificación del robo.

El imputado de hoy fue acusado de ser partícipe necesario del robo, supuestamente facilitando las herramientas para cometer el delito. Acompañado por su abogado, Ángelo Zamataro, se presentó voluntariamente ante la justicia, lo que llevó a la fiscalía a considerar que no había riesgo de fuga ni de entorpecimiento de la investigación. Por ello, se solicitó una prohibición de acercamiento y comunicación con las víctimas, medida aprobada por la jueza Agustina Bagniole.

Declaraciones y defensa

Durante la audiencia, Zamataro no se opuso a la calificación legal propuesta por la fiscalía e informó que su cliente declararía en sede policial. El imputado proporcionó su versión de los hechos, reconociendo que había proporcionado un contacto para cometer el delito pero negó cualquier relación directa con el robo. Explicó que el día del robo se encontraba trabajando fuera de Catriel y que no conoce a los autores del delito. Afirmó que había proporcionado el contacto en tono de broma y que no sabía si fue utilizado o no.

El hombre insistió en que no conocía a los autores del robo y que no les facilitó herramientas. Contó que días antes del robo se juntó a comer un asado con varias personas, entre las cuales mencionó a dos ex empleados del empresario fallecido, propietario de los elementos robados. Afirmó que durante la conversación con ellos, uno de los hombres habló de la caja fuerte y sugirió que pretendía perpetrar el robo. «Empezó a hablar de la caja fuerte y yo le dije que tenía un contacto», respondió.

Ante la consulta del fiscal Herrera, sobre para qué ofreció el contacto, el imputado respondió: «Porque esta persona quería hacer una changa». En ese momento, fue interpelado duramente por Herrera. «Vamos a ser claros, hacer una changa es agarrar una pala e ir a hacer un pozo. Usted se refiere a que esta persona quería robar la caja fuerte que había visto en la vivienda ¿Estoy en lo correcto?». El imputado contestó afirmativamente. «Sí, quería robar la caja fuerte. Yo le dije que tenía un contacto y se lo pasé. Estábamos en un asado, habíamos tomado. Se lo dije en broma, no tengo idea si llamó o no llamó», aclaró.

Herrera interrogó al imputado sobre la facilitación del contacto y adelantó que existen pruebas de escuchas telefónicas y pericias de GPS que indicaban la presencia de los perpetradores en la casa del imputado el día del robo. Ante esto, el imputado sostuvo que él no sabía nada al respecto. «Unos días antes me llamó una vecina y me avisó que había movimientos extraños en mi casa. Me vine desde donde trabajo hasta Catriel preocupado, pensé que habían robado, pero no noté nada raro. Como a la semana me di cuenta que me faltaban herramientas y pensé que estaban en mi lugar de trabajo, pero tampoco las encontré ahí», argumentó.

También sostuvo que no conoce a los autores del robo y reiteró que no les facilitó las herramientas. «No los conozco, a ninguno. Nunca los vi. Además, yo no presto herramientas. Nunca tuve un problema con nadie por nada. Yo trabajo, tengo miedo porque no entiendo nada. Lo único que quiero es no perder mi trabajo», alegó.

La decisión judicial

La jueza Bagniole, tras escuchar los argumentos de la fiscalía y la defensa, decidió no imponer prisión preventiva al imputado, considerando que la fiscalía hizo hincapié en su disposición voluntaria ante la justicia y su arraigo en Catriel. No obstante, aprobó la solicitud de prohibición de acercamiento y contacto con las víctimas por cuatro meses, tanto en persona como digitalmente o por teléfono, hasta la fecha del juicio. Esto es para evitar cualquier entorpecimiento de la investigación.

El caso sigue en curso, y se espera que el juicio aporte mayor claridad sobre los hechos y la participación de todos los implicados.

Recomendaciones de la Justicia ante nuevas formas de estafa telefónica en Catriel

El Ministerio Público Fiscal de Río Negro alertó una nueva modalidad de estafa que detectó en redes sociales, afectando particularmente a los vecinas de Catriel. En los últimos días, al menos dos denuncias que fueron recibidas están relacionadas con el uso de la aplicación «Team Viewer» para cometer fraudes.

Los estafadores utilizan Facebook para ofrecer atractivos descuentos de hasta el 50% para jubilados, tanto en facturas de servicios eléctricos de Edersa como en abonos de telefonía móvil de Claro. Estas ofertas, sin embargo, son un señuelo para atraer a las víctimas y convencerlas de instalar aplicaciones que permiten el control remoto de sus dispositivos.

¿Cómo operan los estafadores?

Los delincuentes se ponen en contacto con las víctimas a través de llamadas telefónicas, haciéndose pasar por representantes de organismos públicos o entidades bancarias. A través de estas llamadas, guían a las personas para que instalen aplicaciones como «Team Viewer» o «Team Viewer Quick Support». Una vez que logran que la víctima instale la aplicación y les proporcione los datos necesarios, los estafadores pueden tomar control remoto del dispositivo.

Con el usuario y la clave de Team Viewer, los estafadores pueden acceder y operar el celular o la computadora de la víctima sin tenerlo físicamente. Esto les permite ingresar a aplicaciones bancarias, realizar transferencias de dinero, enviar correos electrónicos, usar WhatsApp y acceder a fotografías y videos almacenados en el dispositivo.

Casos recientes en Catriel

En uno de los casos denunciados, una mujer fue engañada para dejar su teléfono móvil boca abajo sobre una mesa, supuestamente para completar el descuento prometido. Mientras tanto, los estafadores ingresaron a la aplicación de su banco y comenzaron a tramitar un crédito. A pesar de que la mujer apagó el teléfono al percatarse del engaño, no pudo evitar que los delincuentes transfirieran una importante suma de dinero.

Para protegerse de estas estafas, es crucial no seguir las instrucciones recibidas por teléfono de supuestos representantes de organismos públicos o entidades bancarias. En su lugar, se recomienda acercarse a las oficinas oficiales o comunicarse a través de canales verificados, como el número 130.

Además, nunca se debe instalar aplicaciones solicitadas a través de enlaces recibidos en correos electrónicos o mensajes. Mantenerse alerta y desconfiar de ofertas demasiado buenas para ser verdad es clave para evitar ser víctima de estos engaños.

El Ministerio Público Fiscal de Río Negro comunicó que sigue trabajando para identificar y detener a los responsables de estas estafas, y recomendó a la población mantenerse informada y tomar precauciones para protegerse.

Denuncian a la diputada que prometió reactivar la obra de la Ruta 151



Ariel Zúñiga, vicepresidente de la Junta Promotora de La Libertad Avanza (LLA) en Río Negro, acusó la diputada Lorena Villaverde de falsificar su firma en actas oficiales, en medio del escándalo por afiliaciones fraudulentas. Zúñiga presentó una denuncia formal días atrás, afirmando que las firmas atribuidas a él no le pertenecen y solicitó un peritaje caligráfico.

El conflicto se produce en un contexto de crisis interna dentro de LLA, con denuncias de afiliaciones irregulares que involucran a militantes de otros partidos y personas fallecidas. Según Zúñiga, estas irregularidades forman parte de un intento sistemático de silenciar las voces disidentes dentro del partido desde marzo pasado.

Villaverde, quien fue una figura destacada en las celebraciones del 125 aniversario de Catriel junto al gobernador Alberto Weretilneck, prometió la pronta reactivación de la obra de la ruta nacional 151 por parte del gobierno nacional. Ahora enfrenta una situación complicada. La acusación de Zúñiga añade más tensión a un contexto político ya caldeado, especialmente después de que Villaverde fuera señalada por utilizar su nombre para desviar la atención en anteriores denuncias y reorganizar la conducción de PAMI y ANSES en Río Negro.

La denuncia de Zúñiga incluye testimonios sobre afiliaciones irregulares, incluso de militantes de La Cámpora y personas fallecidas. Este supuesto delito, según informó el medio La Política Online, fue impulsado por la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, para establecer rápidamente el partido en la provincia. El escándalo tomó tal dimensión  que Karina Milei y Martín Menem, en una reciente visita a Chubut, evitaron reunirse con Villaverde.

Desde el entorno de Villaverde, negaron la denuncia, afirmando que no se incorporó ningún documento oficial al expediente. Sin embargo, hoy se confirmó que el juez federal de Río Negro Hugo Horacio Greca hizo lugar a la denuncia presentada el miércoles pasado por Zúñiga.

El juez resolvió pedirles a las autoridades de la junta que presenten las actas originales, a partir de las cuales deberá aplicar un peritaje caligráfico para determinar si las rúbricas son apócrifas, y se especula con que podría caerse el partido.

Si Greca determina que las firmas son falsas, los trámites para la conformación partidaria podrían declararse nulos y el reinicio de ese proceso demandaría plazos más largos que los disponibles antes de la formalización necesaria para la competencia electoral.