Condenan a empresa petrolera de Catriel: debe indemnizar por más de 6 millones de pesos

La justicia hizo lugar al reclamo de un hombre que demandó a dos empresas del rubro petrolero. La Cámara de Trabajo dictó sentencia contra LIHUEN S.A., que deberá pagar una indemnización millonaria por el despido incausado de un trabajador. El juicio, iniciado en 2020, incluyó a YPF S.A. como co-demanda por su presunta responsabilidad solidaria debido a la vinculación laboral indirecta.

LIHUEN S.A. despidió al trabajador en enero de 2021, con el argumento del cierre del establecimiento y una crisis económica que afectó sus operaciones. La empresa basó el despido en el artículo 247 de la Ley de Contrato de Trabajo, que permite una reducción de indemnizaciones en casos de fuerza mayor o disminución de trabajo. Sin embargo, la Cámara determinó que LIHUEN S.A. no presentó pruebas suficientes que justificaran esta causal ni evidenció el cumplimiento del procedimiento preventivo de crisis requerido por la ley.

Los testimonios demostraron que el trabajador, soldador, realizó tareas en yacimientos operados por YPF hasta 2019, cuando LIHUEN S.A. dejó de prestar servicios a la petrolera.

A pesar de que la compañía continuó con sus operaciones, sus contratos con YPF ya no estaban vigentes, lo cual descartó la responsabilidad solidaria de la petrolera en la desvinculación.

La sentencia obliga a LIHUEN S.A. a abonar una suma total de $3.620.934,80, que incluye indemnización por despido, preaviso omitido, días trabajados en enero de 2021, vacaciones no gozadas, y el agravamiento indemnizatorio previsto en la Ley 25.323 y el Decreto 34/2019.

Además, la sentencia rechaza la demanda contra YPF S.A., al concluir que la petrolera no mantenía contratos vigentes con LIHUEN S.A. al momento del despido, y las circunstancias alegadas no configuraban un vínculo que justificara su responsabilidad solidaria.

Los costos del proceso se asignaron a LIHUEN S.A., con excepción de los honorarios de los letrados de YPF S.A., que quedaron a cargo de su representada. La Cámara también reguló los honorarios de los abogados y peritos involucrados, estableciendo montos específicos para cada parte, de acuerdo con la normativa vigente y la doctrina del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.

Violencia de género: Jueza de Catriel ordena tratamiento psicológico para el agresor

El Juzgado de Paz de Catriel resolvió mantener medidas cautelares en un caso de violencia familiar y dispuso la prohibición de acercamiento por un radio de 500 metros durante 90 días o hasta que el denunciado acredite el inicio de un tratamiento psicoterapéutico, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 3040 y el Código Procesal de Familia.

El tribunal confirmó las medidas dictadas previamente por la jueza de Paz, quien de manera preventiva ordenó la restricción de contacto entre las partes para evitar nuevos episodios de violencia.

El agresor deberá cumplir con la medida de alejamiento y asistir a un servicio de salud mental para iniciar un tratamiento psicológico obligatorio. El Juzgado advirtió que el incumplimiento de estas disposiciones podría derivar en sanciones adicionales, incluidas posibles acusaciones por desobediencia a la autoridad.

Además, el Juzgado intimó a las autoridades policiales a monitorear el cumplimiento de la medida y notificar a la Unidad Fiscal correspondiente en caso de incumplimiento. La resolución también establece que el hombre. podrá solicitar el levantamiento de la medida restrictiva una vez que acredite un resultado favorable del tratamiento psicológico.

Se notificó a ambas partes sobre la necesidad de contar con asistencia legal durante el proceso, y se les brindó información sobre cómo acceder a representación gratuita a través de la Defensoría General de Catriel o el Centro de Atención para la Defensa Pública en Cipolletti, en caso de no contar con recursos económicos.

Violencia de género digital: los acusados deberán asistir a terapia psicológica y cambiar de escuela

La Justicia de General Roca tomó medidas contundentes contra tres jóvenes acusados de crear y comercializar fotos de menores desnudas en redes sociales. La resolución judicial incluye la «prohibición de acercamiento» a un radio de 200 metros de una de las adolescentes afectadas, lo que implica que los acusados deberán abandonar el establecimiento educativo al que asistían junto a la víctima.

La orden también prohíbe a los jóvenes realizar actos que perturben directa o indirectamente a la denunciante, su domicilio, o cualquier lugar público o privado que frecuente. Esta restricción estará vigente por 90 días, y su incumplimiento podría conllevar sanciones legales según los artículos 153 y 154 del Código Procesal Familiar.

Además, la justicia ordenó a los padres de los tres jóvenes tomar medidas para evitar que estos hechos se repitan, dado que los acusados están bajo su responsabilidad parental. También deberán gestionar que los adolescentes reciban tratamiento psicológico enfocado en nuevas masculinidades y prevención de la violencia de género, con el objetivo de proveerles herramientas que prevengan futuros incidentes.

La violencia de género facilitada por la tecnología, como en este caso, puede afectar de manera desproporcionada a mujeres y niñas, con un impacto agravado en quienes enfrentan discriminación interseccional. Factores como raza, etnia, orientación sexual, identidad de género, nivel socioeconómico, discapacidad y condición de migrante pueden exacerbar el daño sufrido, afectando desigualmente a mujeres de colectivos como las mujeres con discapacidad, mujeres de color, migrantes y personas LGBTIQ+.

Toxicomanía desarticuló una boca de expendio de cocaína en Catriel

La División de Toxicomanía y Leyes Especiales de Catriel realizó un operativo que resultó en la desarticulación de una boca de expendio de estupefacientes en el barrio Santa Cruz. La acción se inició a partir de una denuncia anónima al sistema de la Secretaría de Narcocriminalidad, que derivó en una investigación.

El Juzgado Federal de General Roca, a cargo del juez Hugo Horacio Greca, autorizó el allanamiento del domicilio investigado. Durante el procedimiento, las fuerzas policiales secuestraron varios envoltorios de cocaína acondicionados para su venta y una suma de dinero en efectivo. Las autoridades imputaron al principal sospechoso por infracción a la Ley 23.737, que regula la tenencia y tráfico de estupefacientes.

El operativo contó con la participación del Cuerpo de Operaciones Especiales de Rescate (COER) de Cipolletti.

Catriel: lo increpó y le dio un cabezazo en la nariz

Un juzgado de Cipolletti dictó el sobreseimiento en un caso de lesiones leves, según la sentencia emitida el 29 de julio de 2024 por una denuncia por una agresión en la vía pública. La decisión se tomó tras una audiencia en la que se evaluó el cumplimiento de las condiciones impuestas durante la suspensión de juicio a prueba otorgada previamente.

El hecho denunciado ocurrió el 28 de diciembre de 2022 en Catriel. Según la acusación, un hombre caminaba por la vereda de la calle Córdoba con dirección a la calle Primeros Pobladores, cuando se acercó a otra persona que estaba en la vereda del local comercial «Supermercado Río». En ese momento, dejó una bolsa de compras en la vereda, se acercó a la persona y le manifestó: “… ¿qué tocas mi bolsillo…?”, y luego le dio un cabezazo en la nariz, lo que causó inflamación leve y una pequeña excoriación en la parte central de la nariz.

La Fiscalía solicitó el sobreseimiento del acusado con base en los artículos 154 inc. 3° y 155 inc. 5° del Código de Procedimiento Penal (CPP). Durante la audiencia, aclaró que el hecho ocurrió en 2022, y no en 2023 como se había consignado anteriormente. También informó que, en junio de 2023, se concedió la suspensión de juicio a prueba y que el acusado cumplió con todas las pautas de conducta impuestas. Además, en julio de 2024 se actualizaron los antecedentes penales y no se registraron nuevos delitos.

La defensa adhirió a lo solicitado por la Fiscalía y afirmó que las pautas impuestas al acusado se cumplieron en su totalidad y que había vencido el plazo establecido para la suspensión del juicio a prueba. Al no haber registro de nuevos delitos durante este periodo, el tribunal resolvió otorgar el sobreseimiento.

La jueza a cargo firmó el fallo y dispuso el sobreseimiento por aplicación del artículo 155 inc. 5° del CPP en función del artículo 76 ter, 4° párrafo, del Código Penal. También declaró que la iniciación del proceso no afectó el buen nombre y honor del acusado. Ordenó registrar esta resolución a través de la Oficina Judicial, quedando a cargo de la defensa la notificación correspondiente.

Registro de deudores alimentarios y obstructores de vínculos en Río Negro: conocé quiénes son y de qué ciudades

El Registro de Deudores Alimentarios (REDAM) y el Registro de Obstructores de Vínculos (OV) de la provincia de Río Negro, unificados mediante el Decreto N° 737/2021, incluye a personas que incumplen con sus obligaciones alimentarias o que obstaculizan el vínculo entre menores y sus progenitores. Este registro, administrado por la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas del Ministerio de Gobierno y Comunidad, busca asegurar la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

En Catriel, la lista de personas incluidas en el registro es la siguiente:

  1. Rolando Enrique Cerna, 25.711.742
  2. Emilio Silenio Díaz, 30.775.518
  3. Gerardo Manuel Hernández, 28.559.007
  4. Nicolás Gabriel Jara, 38.432.368
  5. Manuel Antonio Moreno, 35.104.688
  6. Claudio Pereyra, 29.755.080
  7. Maximiliano Ezequiel Sánchez, 37.614.463
  8. Jorge Luis Villa, 33.302.380
  9. Leandro José Miguel Zarzur Góngora, 23.916.266

En General Roca figuran:

  1. Juan Ignacio Galicchio, 31.532.620
  2. Fabio Ismael Abraham, 20.306.762
  3. Iván Natanael Aguilera, 44.415.576
  4. Adrián Marcelo Aguilar, 27.118.848
  5. Julio Edgardo Raúl Almeida, 16.313.594
  6. Lucas Matías Altamirano, 35.598.778
  7. Marcelo Antonio Álvarez, 37.401.419
  8. Facundo Ezequiel Álvarez, 35.492.153
  9. Walter Hugo Barra, 10.565.907
  10. Luis Gabriel Canales, 35.595.510

En Viedma se encuentran:

  1. Luis Gabriel Abalos, 22.280.346
  2. Matías Sebastián Alan, 29.898.368
  3. Cristian Agustín Alfaro, 41.114.732
  4. Mario Cristian Amado Pantano, 25.990.391
  5. Francisco Barria Matamala, 93.994.056
  6. Claudio Ignacio Calfin, 23.527.487
  7. Maximiliano Lionel Carranza, 36.497.962
  8. Héctor Leonardo Di Franco, 38.933.459
  9. Rubén Darío Fagotti, 20.196.750
  10. Darío Ricardo Flores, 32.927.715

En Cipolletti, el registro incluye a:

  1. René Ariel Aburto, 25.679.075
  2. Gonzalo Emiliano Aguilera, 34.805.771
  3. Héctor Alexis Allamilla, 39.548.171
  4. Francisco Rolando Albouy, 24.876.156
  5. Diego Javier Antinao, 34.051.377
  6. Juan Nicolás Araneda, 33.924.455
  7. José Alfredo Benegas, 37.173.395
  8. Mauro Andrés Cid, 34.811.430
  9. Paola María Alejandra González, 29.919.930
  10. David Segundino López, 37.254.320

En Bariloche figuran:

  1. Victoria Belén Aburto, 40.322.610
  2. Fernando Jesús Alonso, 32.234.517
  3. Martín Miguel Anisky, 28.502.683
  4. Miguel Ángel Arangues, 21.640.233
  5. Fredi Andrés Arcajo, 26.189.259
  6. Jessica Belén Beltrán, 41.526.673
  7. Pablo Andrés Chagallo, 27.809.795
  8. Ricardo Nicolás De Monte, 30.225.486
  9. Héctor Alberto Godoy, 13.665.202
  10. Juan Alejandro Lobo, 36.092.685

En Villa Regina se encuentran:

  1. Francisco Said Aburto, 41.526.699
  2. Maximiliano José Aguirre, 38.533.098
  3. Fernando Jesús Alonso, 32.234.517
  4. Iván Matías Andrada, 31.152.385
  5. Adolfo Alejandro Ávila, 29.230.315
  6. Pablo Antonio Benegas, 22.586.520
  7. Tomas Eduardo Borda, 28.155.825
  8. Gastón Ariel Cardoso, 40.100.631
  9. Jorge Luis Díaz, 26.862.057
  10. Juan Ramón Escobar, 34.229.476

En otras localidades de Río Negro figuran personas como:

  1. Ariel Alberto Juárez en San Antonio Oeste, 24.019.106
  2. Héctor Fabián Hernández en Chichinales, 32.189.818
  3. Luis Alberto Bustos en Ingeniero Huergo, 30.944.634
  4. Francisco Javier Ramírez en Choele Choel, 30.395.239
  5. Juan Carlos Salazar en Darwin, 34.066.839
  6. Germán Esteban Galíndez en Guardia Mitre, 31.524.097

El REDAM y el OV son herramientas fundamentales para la promoción de los derechos de los niños y niñas y para garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales por parte de los adultos responsables. Buscan sensibilizar a la comunidad sobre la importancia del compromiso con el bienestar de los menores.

El listado se actualiza periódicamente y cada ingreso o baja de personas se refleja en el registro oficial. La información proporcionada está disponible para el acceso público a través de la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas del Ministerio de Gobierno y Comunidad de Río Negro. Esta actualizado al 28/08/24.

Detuvieron en Corrientes a Germán Kiczka, el diputado de Misiones acusado de pedofilia

Este miércoles, la Policía detuvo a Germán Kiczka, ex diputado de la provincia de Misiones, en la localidad de Loreto, Corrientes. Kiczka, quien había sido desaforado y se encontraba prófugo, será trasladado a Misiones para enfrentar las acusaciones en su contra. El legislador, perteneciente al partido Activar, tenía una orden de captura internacional debido a la posibilidad de que se hubiera fugado a España, Paraguay o Brasil.

La investigación en torno a Kiczka tomó un giro significativo tras un allanamiento realizado en la casa de su padre, donde las autoridades descubrieron material pornográfico que involucraba a niños, niñas y adolescentes. Según fuentes judiciales, se encontraron alrededor de 600 archivos distribuidos en diversos dispositivos electrónicos, los cuales contenían imágenes de abuso infantil, material de zoofilia con menores e incesto. Además, en el operativo se incautaron revistas y juguetes sexuales que, según las autoridades, pertenecerían al hermano de Kiczka, quien también enfrenta acusaciones penales y actualmente se encuentra prófugo.

Tras la aprobación del desafuero por parte de la Cámara de Diputados de Misiones, la Policía había intentado detener a Kiczka, pero no logró localizarlo. Esta situación llevó a la emisión de una alerta roja de Interpol, intensificando la búsqueda a nivel internacional.

La detención de Kiczka representa un avance en el proceso judicial que despertó gran conmoción en Misiones y en el ámbito político nacional. Este caso no solo pone en evidencia la gravedad de los delitos que se investigan, sino también la necesidad de un control más estricto sobre los funcionarios públicos y sus conductas. El partido Activar, al que pertenece Kiczka, recibió fuertes críticas por la falta de pronunciamiento inmediato respecto a las denuncias y la situación de su legislador. En tanto que a nivel nacional, diferentes referentes de Juntos por el Cambio (Jxc) y La Libertad Avanza (LLa) discuten sobre su vínculo con estos espacios políticos. Kicza apoyó la candidatura de Milei y llegó a ser diputado en Misiones con el apoyo de JxC a través del partido Activar.

Organizaciones de derechos humanos y protección de la infancia expresaron su repudio ante los hechos que se le imputan al ex diputado. Exigen un proceso transparente y que se respeten los derechos de las víctimas, priorizando su protección y asistencia. «Este es un recordatorio de la importancia de una justicia ágil y efectiva que garantice los derechos de los más vulnerables», señaló un representante de una ONG local.

Lo que sigue en la investigación

Con la detención de Kiczka, las autoridades ahora se centran en completar el traslado a Misiones y en tomar declaración indagatoria. Paralelamente, se intensifica la búsqueda de su hermano, también implicado en estos delitos. El caso continúa desarrollándose y es seguido de cerca por medios nacionales y provinciales, en espera de más detalles sobre el avance del proceso judicial y sus posibles repercusiones en la política local.

Este hecho se suma a otros casos recientes que sacudieron la política argentina y pone sobre la mesa el debate sobre la transparencia, la rendición de cuentas y la integridad de los funcionarios públicos.

Proponen crear un registro huellas genéticas para investigar delitos en Río Negro

Los legisladores rionegrinos Lucas Pica y Facundo López presentaron una iniciativa para ampliar el uso del registro de violadores e incluir a todos los delitos penales. Esta propuesta se basa en el principio de que «la búsqueda de la verdad debe ser la premisa y el norte» y plantea que los registros de condenados por delitos contra la integridad sexual, así como el registro de identificación genética de abusadores sexuales, sean utilizados en el esclarecimiento de cualquier tipo de delito.

La propuesta de Pica y López llega en un contexto en el que el Congreso de la Nación dio recientemente media sanción a una norma con el mismo propósito a nivel nacional. La ley rionegrina N° 5115, sancionada en 2016, ya había establecido el Registro Nacional de Datos Genéticos (ReProCoIns) y el Registro Provincial de Identificación Genética de Abusadores Sexuales (RePrIGAS), en consonancia con la ley nacional Nº 26.879. Ambos registros fueron creados para proteger a la población de personas condenadas y liberadas por delitos contra la integridad sexual.

El ReProCoIns (Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual) contiene datos como huellas dactilares, grupo sanguíneo, fotografías y registros de ADN de personas condenadas por delitos contra la integridad sexual. Por otro lado, el RePrIGAS (Registro Provincial de Identificación Genética de Abusadores Sexuales) almacena y sistematiza información genética obtenida de muestras biológicas de personas condenadas con sentencia firme por estos delitos.

Los legisladores proponen la creación de un Registro Provincial de Huellas Genéticas, que incluiría información de ADN obtenida a través de análisis de ácido desoxirribonucleico (ADN). Este nuevo registro permitiría que las huellas genéticas halladas en escenas de crimen puedan compararse con las de todas las personas investigadas o condenadas por cualquier delito tipificado en el Código Penal de la Nación, facilitando así el esclarecimiento de hechos delictivos.

Pica y López explicaron que con esta modificación buscan ampliar el accionar de la justicia e ir más allá de los delitos contra la integridad sexual. En sus palabras, «la búsqueda de la verdad debe ser la premisa y el norte».

Esta propuesta toma como referencia la ley 8.611 de la Provincia de Mendoza, que desde 2013 implementa un registro de huellas genéticas criminales que abarca a todos los imputados y condenados por delitos. Mendoza sirvió como modelo para la reciente modificación, que ya cuenta con media sanción en la Cámara de Diputados de la Nación, de la ley nacional Nº 26.879. Los legisladores buscan que Río Negro siga esta tendencia y cuente con una base de datos de identificación genética criminal moderna, que permita no solo identificar a los autores de delitos, sino también facilitar la búsqueda de personas desaparecidas o extraviadas.

Archivaron denuncia por acoso sexual contra un docente en Catriel

El Ministerio Público Fiscal de Río Negro (MPF) confirmó que en 2022 se presentó una denuncia de acoso sexual contra un docente de la ESRN 21 de Catriel, que fue archivada en 2023 por no configurar un tipo penal. La denuncia fue realizada por una alumna de la escuela secundaria, quien manifestó que el docente le hacía comentarios inapropiados sobre su cuerpo y su «belleza», además mencionó que en ocasiones la tocaba en la espalda y la cintura.

El MPF explicó que, aunque las conductas denunciadas fueron consideradas inapropiadas, no alcanzaron a constituir un delito según lo establecido en el Código Penal argentino. Por esta razón, tras una investigación que incluyó la toma de testimonios, el caso no avanzó a juicio y se decidió su archivo. Desde la Fiscalía se señaló que, si bien las acciones denunciadas podrían haberse encuadrado en una falta administrativa contravencional bajo la Ley Nacional 26.485 de Protección Integral de la Mujer, no se trataba de una figura delictiva penal.

Asimismo, el MPF recordó que cuando se realiza una denuncia de este tipo en sede policial, la persona denunciante tiene la opción de solicitar que se tramite tanto en la órbita penal como en la contravencional. Luego, corresponde a las autoridades judiciales y al Juzgado de Paz determinar en cuál de estas competencias, o en ambas, debe tratarse el caso.

En 2024, dentro del marco de un encuentro del programa «Escuela + Familias» en la escuela secundaria CET 21 de Catriel, ubicada en el barrio Preiss, surgieron cuatro denuncias de acoso sexual por parte de un docente. En el marco de una actividad en la que se pidió a los estudiantes escribir situaciones escolares que desearían abordar, cuatro alumnas manifestaron haber sido víctimas de acoso sexual por parte de un profesor de la institución. El docente se defendió y negó todas las acusaciones. Sostuvo que los hechos denunciados no ocurrieron y pidió a las autoridades escolares reunirse con las madres de las denunciantes para aclarar la situación en persona. Las autoridades educativas y el Comité de Disciplina de Educación en Viedma recibieron las denuncias realizadas ante la comisaría 9na de Catriel y evaluan los pasos a seguir en respuesta a la situación.

Catriel: lo despidieron injustamente tras años sin registrar y ganó la demanda

La Cámara del Trabajo de Cipolletti dictó sentencia definitiva en la causa «Dziemid, David Samuel Enrique c/ Consorcio 400 Viviendas de Catriel s/ Ordinario». El fallo, emitido el 13 de agosto de 2024, condenó al Consorcio de Propietarios 400 Viviendas de Catriel a pagar a David Samuel Enrique Dziemid una suma total de $1.147.467,60 en concepto de aguinaldo, vacaciones proporcionales e indemnizaciones por despido.

Dziemid había demandado al consorcio por $5.804.380,67, argumentando que trabajó como personal de mantenimiento desde agosto de 2011 hasta noviembre de 2021 sin estar registrado formalmente. Alegó que su despido se produjo bajo una causal falsa, lo que lo llevó a reclamar indemnizaciones adicionales.

El consorcio fue declarado en rebeldía tras no responder a la demanda en el plazo legal, aunque posteriormente se presentó un interventor, Matías Marcos Salazar, quien participó en el proceso. Antes de Salazar, la interventora del consorcio fue Myriam Pilchini, quien firmó la carta documento de despido de Dziemid, alegando que no cumplía con sus tareas habituales. Pilchini renunció a su cargo el 15 de marzo de 2023, y fue reemplazada por Salazar.

En la sentencia, el tribunal reconoció la relación laboral entre Dziemid y el consorcio, y rechazó la defensa del consorcio que argumentaba que Dziemid era un cuentapropista. También desestimó la aplicación de recargos indemnizatorios adicionales bajo el DNU 34/19 y la Ley 25.323, debido a la falta de actividad lucrativa del consorcio y la situación económica del mismo.

Se impusieron costas al consorcio demandado y se regularon los honorarios de los abogados intervinientes. La sentencia fijó un plazo de diez días para el pago de la suma total, con intereses aplicables desde las fechas adeudadas hasta la cancelación definitiva del crédito.